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Cómo solicitar una Vivienda de Protección Oficial (VPO) en Cádiz: estos son los requisitos

La Junta de Andalucía establece una serie de requisitos que todos los solicitantes de este tipo de viviendas deben cumplir

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Edificio de viviendas de VPO en Cádiz francis jiménez

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Juanma Moreno entregó ayer las llaves de las 60 nuevas viviendas protegidas de la promoción de Matadero Sur. Tras varios años de espera y 6,2 millones de inversión, las obras de esta primera fase ya están completamente terminadas y las viviendas están listas para ser habitadas en régimen de alquiler. «A la mayoría de vosotros os cambia la vida esta vivienda», afirmó el presidente de la Junta de Andalucía durante el acto.

Esta promoción, situada en la calle Nelson Mandela, cuenta con un total de 40 viviendas con dos dormitorios y otras 20 con tres, todas ellas repartidas en un edificio de 10 plantas que también dispone de 38 plazas de garaje no vinculadas y un local en la planta baja. Gracias a este tipo de viviendas de protección oficial (VPO), muchas familias podrán disponer de un hogar después de tantos años de espera.

¿Qué son las viviendas de VPO?

Las viviendas de protección oficial (VPO) son viviendas facilitadas por el gobierno o por las comunidades autónomas que tienen una serie de características que las hacen más accesibles desde el punto de vista económico. Las dimensiones, las calidades o los materiales de construcción suelen ser algunas de estas características que permiten que el precio de alquiler o compra sea más bajo.

Para poder solicitarlas es necesario realizar una serie de trámites con el gobierno o con la comunidad autónoma en cuestión, además de cumplir con todos los requisitos que solicitan los diferentes organismos en estos casos.

Requisitos para solicitar una vivienda de VPO

En el caso de Andalucía, las viviendas de protección oficial se deben solicitar a la Junta, más concretamente, en la Consejería de Fomento y Vivienda. Para poder hacerlo es necesario cumplir con los requisitos principales que especifica dicha Consejería.

Los requisitos

  • La vivienda que se adquiere debe destinarse a residencia habitual y permanente

  • Ser mayor de edad

  • Estar empadronado en el lugar donde se encuentra la vivienda que se solicita

  • No ser titular de pleno dominio de otra vivienda libre o protegida, salvo las excepciones previstas legalmente

  • No superar un cierto nivel de ingresos

Respecto al nivel de ingresos, el máximo permitido se determina en función del régimen que tenga la vivienda protegida a la que se quiera acceder. Existen tres tipos: Régimen Especial (Duración de 15 años), Régimen General (Duración de 10 años) y Régimen Limitado (Duración de 7 años).

El segundo aspecto a tener en cuenta es el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), que actualmente se sitúa en 8.400 euros en 14 pagas. Este indicador permite determinar el nivel máximo de ingresos en función del régimen de la vivienda.

Nivel máximo de ingresos

  • Régimen Especial: No puede superar 3 veces el IPREM (25.200 euros anuales en 14 pagas)

  • Régimen General: No puede superar 4 veces el IPREM (33.600 euros anuales en 14 pagas)

  • Régimen Limitado: No puede superar 5,5 veces el IPREM (46.200 euros anuales en 14 pagas)

En la web de la Consejería hay disponible un enlace que permite que el solicitante pueda calcular su nivel de ingresos y saber si le resulta posible acceder una vivienda de VPO. En esta plataforma también se puede encontrar toda la información necesaria sobre este tipo de viviendas, además de los datos que hay que rellenar para poder presentar la solicitud.

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