salud
Una familia indemnizada con 120.000 euros por un«error» en la fecundación in vitro denunciada en 2023
Los análisis genéticos confirman que la muestra de semen utilizada en el proceso de reproducción asistida no era del padre
El «gravísimo error» de una fecundación in vitro en Cádiz que ha destapado un escándalo
El Consejo Consultivo de Andalucía ha dictaminado favorablemente la reclamación de responsabilidad patrimonial de la administración formulada contra el Servicio Andaluz de Salud por mala praxis en la recogida y manipulación del semen interpuesta por una pareja que denunció en febrero de 2023 «un grave error» en la reproducción asistida a la que se sometieron en el Hospital Puerta del Mar de Cádiz.
En el año 2019, el matrimonio fue incluido en lista de espera para un proceso de reproducción asistida en el hospital, un procedimiento que les llevó a someterse dos años después a una fecundación in vitro y una transferencia embrionaria y del que, como resultado, la mujer se quedó embarazada.
Ante «los reiterados comentarios familiares de la falta de parecido físico entre la niña y su padre», la familia decidió realizar una prueba de paternidad. Estos análisis concluían que la hija de la pareja no tenía los marcadores genéticos del padre y que, por tanto, no era suya.
Reconocimiento del error
Para el Consejo Consultivo, «el daño alegado es efectivo, individualizado, económicamente evaluable, antijurídico e imputable a la administración contra la que se reclama al atribuirse a un anómalo funcionamiento del servicio público sanitario desplegado por el SAS«.
Además, el dictamen de este órgano indica que en el caso sometido a consulta, la relación entre el daño invocado y el funcionamiento del servicio sanitario «ha sido reconocida por la administración».
En concreto, se refiere al informe emitido por el Servicio de Análisis Clínicos del Hospital Puerta del Mar de Cádiz fechado el 21 de marzo de 2023, donde se analizaron los pasos que se siguieron en la reproducción asistida y se admite que «la posibilidad de una alteración en la fase de recogida y manipulación de la muestra (semen) que justificaría el resultado que se reclama».
El dictamen del Servicio de Gerencia de Riesgos de 12 de febrero de 2024 concluye de la misma manera, por lo que el Consejo Consultivo considera que «existe una relación causal inequívoca entre los daños invocados y la prestación sanitaria desplegada hacia los reclamantes».
En cuanto a la indemnización, la pareja solicitaba inicialmente un millón de euros, que el Consejo considera «desmesurado e injustificado», apuntando que la Administración había tasado «de forma razonada» un montante total de 120.215,85 euros. De esta cantidad, 24.995,37 euros correspondería a la madre, 41.658,96 euros al padre y 53.561,52 euros a la hija.
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