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Nudismo en zonas señalizadas, espacios sin humo y acceso a perros fuera de temporada en las playas de Cádiz
La nueva ordenanza aprobada por el pleno municipal permite al Ayuntamiento prohibir el consumo de tabaco aunque por ahora solo será en zonas deportivas y de actividades lúdicas e infantiles
El nudismo, que en un principio iba a permitirse en todas las playas de la capital, solo se podrá practicar de momento en el tramo de Cortadura
Cádiz cuenta con una nueva ordenanza municipal de uso y disfrute de playas de la ciudad tras la resolución de las alegaciones presentadas y su aprobación definitiva en el pleno extraordinario del pasado jueves 11 de mayo. Esta normativa entrará en vigor una vez sea publicada en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP).
Entre las principales novedades de la ordenanza está el ordenamiento de la práctica deportiva en temporada y fuera de ella, la eliminación de la prohibición de que los animales de compañía disfruten de la playa fuera de temporada de baños, la práctica del nudismo en zonas especialmente señalizadas para ello y la posibilidad de que el Ayuntamiento comience a establecer y promover progresivamente zonas libres de humo en la playa, así como la prohibición expresa de consumir tabaco en zonas deportivas y de actividades lúdicas e infantiles.
Asuntos como el nudismo han sido especialmente polémicos durante toda la tramitación de esta nueva ordenanza y, aunque en un principio se habló de la posibilidad de que se pudiera practicar en las cuatro playas de la capital, tras las alegaciones presentadas se limitará exclusivamente a las zonas que estén señalizadas para ello y acordadas por el pleno municipal.
En concreto, el apartado dedicado a las playas naturistas señala que el ejercicio del nudismo o naturismo se llevará a cabo «en la franja de playa señalizada al efecto, exceptuando los cordones dunares, cuyo límite que mira al mar será delimitado por el Ayuntamiento en orden a evitar su deterioro por tránsito y pisoteo para facilitar la preservación de este ecosistema».
En la normativa se indica a su vez que el término municipal de Cádiz ya dispone de un tramo de playa en el que se ha venido practicando de forma habitual el naturismo (en la playa de Cortadura en el tramo comprendido entre el ventorrillo de El Chato y las instalaciones militares de Torregorda). Este tramo tendrá que estar también señalizado.
El Ayuntamiento «proporcionará visibilidad al carácter naturista del tramo de playas referido anteriormente mediante una señalética adecuada a esta finalidad, así como a través de los distintos canales y medios de difusión a su alcance, incluyendo las oficinas de información turística municipales».
Con respecto al acceso de los perros u otras mascotas a las playas, si antes estaba prohibido durante todo el año incluso con riesgo de que los propietarios fueran sancionados, ahora se permitirá en el periodo comprendido entre el 30 de septiembre y el Domingo de Ramos, es decir, fuera de la temporada de baños.
Por el contrario, sí que se permitirá la presencia durante todo el año de perros y animales que tengan la condición de guías o terapeutas y los destinados a tareas de salvamento o auxilio cuando las circunstancias así lo aconsejen.
La permanencia de cualquier animal doméstico o de compañía en la playa, salvo los casos excepcionales en el periodo indicado en esta ordenanza, supone una infracción leve con multas de hasta 750 euros.
Prohibido fumar en zonas concretas
Otro de los asuntos en los que el Ayuntamiento de Cádiz ha incidido en esta ordenanza es la necesidad de establecer zonas libres de humo en las playas aunque esta medida se irá aplicando de una manera progresiva en las playas de Cádiz.
Tras la aprobación de esta normativa, el Ayuntamiento podrá establecer la prohibición de consumir tabaco (quemado o calentado) y productos que contengan nicotina.
De momento, y como norma general queda prohibido en las zonas habilitadas para la práctica deportiva así como en las zonas destinadas a actividades lúdicas y juegos infantiles aunque, en un futuro, se pretenden ampliar estas zonas.
Por ello, el Ayuntamiento -al igual que en el caso del nudismo- tendrá que señalizar las playas en las que resulte prohibido consumir este tipo de productos dándole visibilidad tanto en la playa como el la web municipal y en los medios de difusión que se estimen oportunos.
La idea del equipo de Gobierno es que, además de las zonas libres de humos citadas anteriormente, en cada playa de la ciudad se implante una zona sin humos, que se irá ampliando año a año tras consensuarlo con las distintas entidades que han mostrado su interés por este tema, según destacan desde el Ayuntamiento.
Esta medida no tendrá aplicación a los establecimientos expendedores de comidas y bebidas en las playas en los que la regulación del consumo de tabaco «se efectuará según lo dispuesto en la legislación sanitaria aplicable en esta materia y sus disposiciones específicas para el sector de la hostelería» por lo que «corresponderá a los titulares de estas actividades efectuar las previsiones necesarias para la recogida y gestión de los residuos derivados del consumo de tabaco en sus instalaciones».
Consumir tabaco en zonas no autorizadas se considera una infracción leve, al igual que arrojar colillas a la arena o el agua del mar que pueden suponer multas de hasta 750 euros.