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Descubre que no es el padre biológico de su hijo que nació por fecundación asistida
«Ante los reiterados comentarios familiares de la falta de parecido físico entre el niño y su padre» un conocido de la familia se dio cuenta de que el grupo sanguíneo del menor, nacido en Cádiz, era incompatible con el de sus progenitores, por lo que efectuaron la prueba de paternidad
El Servicio Andaluz de Salud ha declarado que la solicitud de indemnización está en estudio y «se iniciará el procedimiento correspondiente»
Posible error en una fecundación asistida en Cádiz: «Los padres están en shock... muy impactados»
Un millón de euros. Esa es la indemnización que ha pedido una familia al Servicio Andaluz de Salud (SAS) por un «gravísimo error en una fecundación asistida». Según detalla la asociación 'El Defensor del Paciente', un matrimonio joven residente en Andalucía fue incluido en lista de espera de un proceso de reproducción asistida en 2019 en el Hospital Universitario Puerta del Mar de Cádiz.
Dos años después se llevó a cabo captación ovocitaria para fecundación in vitro, y tres días después la transferencia embrionaria. El proceso fue exitoso, y tras una gestación normal nació un niño sano en 2021. «Hasta ese momento estábamos ante un matrimonio feliz que había conseguido su sueño de tener un hijo en común», explica.
No obstante, ante los reiterados comentarios familiares de la falta de parecido físico entre el niño y su padre, según explica el Defensor del Paciente, en febrero del presente año 2023, un conocido de los padres con conocimientos médicos tuvo acceso a la cartilla de nacimiento de su hijo, en la que constaba que tenía un grupo sanguíneo incompatible con sus progenitores. Así pues, los progenitores hicieron una prueba de paternidad, con el resultado devastador de que el niño no es hijo biológico de su padre.
Por lo tanto, el Defensor del Paciente, asegura que «de ello se deduce objetivamente que se incurrió en un grave error por parte de la sanidad pública andaluza, se presume que en el manejo de la muestra de semen del marido durante el referido proceso de fecundación».
Y continua que «el daño es muy grave e irreparable». Por una parte, «al niño, por cuanto se verá privado de por vida del vínculo natural biológico con quien es su padre y con toda la familia paterna, incluidos los posibles medio-hermanos, así como de la cohesión que conlleva una familia biológica normal. Su propia historia y su origen siempre será un interrogante en su vida. Y el día que tenga hijos, si los tiene, tendrá que aceptar que no serán nietos biológicos de su padre registral».
Y por otra, al que hasta ahora se suponía era su padre biológico, que «también sufre un gravísimo e irreparable daño moral, dado que creía ser el padre biológico del niño; sin embargo, éste es en realidad hijo de otro hombre cuya identidad desconoce.
No sólo ha visto frustrado su sueño de tener un hijo biológico en común con su esposa, que era lo deseado, sino que además en algún momento de la vida del niño éste descubrirá la verdad, lo que acarreará un incalculable impacto emocional y personal añadido para ambos.
También, como el niño y la madre, se verá privado para siempre de sentirse incluido en una familia natural, es decir, unida por un vínculo biológico. Además, lo normal es que en su día tenga nietos con los que tampoco obviamente tendrá vínculo biológico.
Por último, la madre, que sí lo es biológica del niño, pero tiene ahora conocimiento de que involuntariamente ha gestado y dado a luz a una criatura que es de otro hombre, con la angustia de no conocer la identidad del padre biológico de su hijo, puesto que ella sí había escogido a quién quería que fuera el padre -el hombre a quien quiere y con quien comparte su vida. Además, sufrirá como los dos anteriores el no pertenecer a una familia cohesionada por lo biológico, y de rebote por lo que padezca su hijo y su marido».
«La asunción del alcance del daño para los tres depende solamente del tiempo que se le dedique a pensar sobre el profundo trastorno familiar causado, pues las implicaciones se van derivando en cascada. Por ejemplo, se desconoce si es posible que en algún momento el padre biológico -o el niño en su día- ejerciten una acción de filiación que altere el vínculo jurídico familiar. Asimismo, el niño es pequeño aún, y hasta donde se sabe, sano, pero se desconoce toda su ascendencia paterna, con todo lo que esto supone en la medicina moderna, en la que la genética es cada vez más importante para el caso en que se le diagnosticara alguna enfermedad para la que fuera relevante esa información», afirma la asociación.
«Es obvio que lo ocurrido ya no tiene arreglo, pero quizá que se conozca por todo el mundo evite que se repita. Su presidenta Carmen Flores hace hincapié en que es inaceptable semejante equivocación, ya que evidencia la falta de profesionalidad y el deber de cuidado en una práctica tan delicada», asegura en un comunicado el Defensor del Paciente.
El letrado del procedimiento es Ignacio Martínez, abogado especialista en Derecho sanitario y adscrito a la asociación 'El Defensor del Paciente'.
Por su parte, el Servicio Andaluz de Salud ha declarado que la solicitud de indemnización está en estudio y «se iniciará el procedimiento correspondiente».
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