tribunales
Un condenado por abusar de una niña en Cádiz sigue en la calle y se pudo acercar a ella por un «error judicial»
Tras admitir los hechos ante el tribunal y reducir así el tiempo de la pena no se le comunicó «en ningún momento» la orden de alejamiento que se le imponía
El procesado fue detenido por la Policía Nacional cuando se denunció que estaba en la puerta del colegio de la niña «parado y con el móvil en la mano»
Un condenado, en sentencia firme, por haber abusado de una niña en Cádiz continúa en la calle en libertad a pesar de haber quebrantado la orden de alejamiento que supuestamente tenía sobre la menor y haber sido detenido por ello después de que se acercara al colegio de la chica y merodeara por la zona. Y todo al parecer por un error judicial, ya que, «en ningún momento», se le llegó a notificar el requerimiento y, por tanto, no se le pudo encarcelar a pesar de haberse saltado dicha orden.
La historia de este fallo se remonta al 26 de junio cuando la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Cádiz dictó la sentencia. Hubo conformidad, es decir, el abusador confesó y admitió los hechos para, a cambio, evitar juicio y, posiblemente, la prisión. Por su parte, la acusación, la familia de la víctima prefirió el acuerdo a que la niña tuviera que pasar por el trance de declarar y recordar lo ocurrido en la sala de vistas. Por tanto, y como ocurre en estos casos, el tribunal comunicó al condenado la sentencia 'in voce', a voz. Supuestamente, sólo iría a la cárcel si incumplía las medidas acordadas ya que, al no tener antecedentes computables y una pena de prisión menor a dos años la pena de un año quedaba suspendida.
Pero pasó el verano y en septiembre, este hombre fue visto por el colegio de la menor. «Parado, con el móvil en la mano, y merodeando». Su hijo había sido amigo de la niña -fue así como la conoció y contactó- pero no iban al mismo centro educativo. La madre de la pequeña dio la voz de la alarma y un policía fuera de servicio pudo retener al condenado hasta que otra patrulla llegó, lo detuvo y se lo llevó a los calabozos por un supuesto quebrantamiento.
Esto ocurría el 10 de octubre. Por ello se celebró un juicio rápido. Y fue entonces cuando el abogado de la víctima y la Fiscalía se sorprendieron de que no podían solicitar la entrada en prisión del condenado por quebrantamiento de las medidas ya que «no existía tal requerimiento», relata a LA VOZ el abogado de la familia de la víctima, Juan Manuel Espinosa.
Ante esto, el juzgado de instrucción pidió a la Audiencia la notificación oficial firmada pero desde la misma Audiencia se les confirmó que «no había nada, que no se le había hecho firmar ningún requerimiento ni se le había entregado». «Tampoco se lo dijeron directamente como se suele hacer, así que no había otra que ponerlo en libertad». «Y lo más grave es que creo que todo sigue igual, a nosotros no se nos ha informado de nada», lamenta el letrado.
Según aseguran, este hombre ha vuelto incluso a quebrantar alguna vez la orden de alejamiento sobre la pequeña pero aunque se hubiera denunciado, al no existir un requerimiento judicial oficial y comunicado, la resolución penal de dicha denuncia y posible detención hubiera sido otra vez nula. Además, y como indica el abogado, tampoco pudo recurrir su primera puesta en libertad, ya que, como indicaba la jueza en el auto que se dictó, «pese a pasar cuatro meses» del fallo, no había «ninguna documentación» sobre el alejamiento impuesto.
La familia de la menor está viviendo esta situación con «mucha preocupación» y espera que el error se subsane «cuanto antes» ya que, de momento, no les consta que se le haya notificado de una vez estas medidas.