Sevilla
Condenado por abusar de una menor con la que quedó para ofrecerle trabajo como chica de compañía
La víctima se había escapado de un centro de menores del Aljarafe y buscaba un empleo para tener independencia económica; el acusado, también adoptado, se ganó su confianza
La víctima de este asunto es una joven , con 16 años en el momento de los hechos, que se había escapado de un centro privado de acogida, que tenía su guarda. Buscaba independencia económica. Un chico, vecino de un pueblo del Aljarafe , se ganó su confianza al ser también adoptado y le ofreció la posibilidad de conseguir trabajo. Concertó una cita con ella para explicarle la oferta de empleo y aprovechó esta ocasión para abusar de la menor.
El pasado mes de septiembre, la Audiencia de Sevilla celebró el juicio contra el acusado por este episodio de abusos sexuales. Se confesó culpable de los hechos que se le imputaban y mostró su absoluta conformidad con las penas que solicitaba la Fiscalía , rebajadas de forma importante en virtud a un acuerdo entre las partes.
Los hechos ocurrieron en la tarde del 26 de febrero de 2019. Sobre las 19.35 horas el acusado, A.D.R., con 18 años entonces, se citó en el domicilio de su madre adoptiva en una localidad también del Aljarafe con la víctima, bajo la falsa promesa de que les acompañaría un amigo del condenado, siendo el objetivo de reunirse allí el poder explicarle los detalles de una inexistente oferta de trabajo que el acusado decía tener para ella, según se recoge en los hechos probados de la sentencia, facilitada a este periódico por la oficia de prensa del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.
La chica, que entonces tenía 16 años, accedió a ir a esa cita en base a la confianza que el acusado se había ganado días atrás, ya que se conocieron por intermediación de amigo de éste una semana antes, cuando precisamente ella se había fugado del centro privado , bajo cuya guarda se encontraba.
Ambos eran adoptados
Según la Audiencia de Sevilla, los dos protagonistas de esta historia conectaron rápidamente «dado que ambos eran adoptados ». Ante la necesidad manifestada por ella de encontrar un trabajo que le permitiese tener una cierta independencia económica, el acusado le dijo que podría trabajar para su jefe, que «era millonario» , y que ya le daría los detalles de tipo de empleo, llegando ese día a invitarla a comer y a pasar un rato los dos juntos en compañía del amigo.
Con posterioridad a ese día el acusado mantuvo el contacto con la chica a través de Instagram y WhatsApp , donde el joven mostraba interés por su estado anímico y le hablaba de esa posible oferta de trabajo, insistiéndole en todo momento que los detalles de la misma únicamente podría dárselos a solas.
Así las cosas, según continúa la sentencia, el día indicado el acusado y la chica subieron juntos a la vivienda de la madre adoptiva de él. Cerró la puerta por dentro. El amigo no estaba allí. El acusado salió del cuarto de baño en calzoncillos y le dijo a que a su jefe le gustaban las chicas de compañía y que no podía contratarla ahora porque estaba de viaje pero que «ambos podían pasar un buen rato juntos».
Le pagó 65 euros y la dejó irse
Ella rechazó ese tipo de trabajo. Manifestó que no le interesaba, que no quería hacer nada y que se tenía que marchar. Pero se encontró con el cambio de actitud del acusado, que a gritos le conminó a que se desnudase. La chica, ante este giro en la actitud del joven y viéndose sola en la casa, se sintió atemorizada y accedió a la propuesta sexual del acusado , que logró doblegar su voluntad con la farsa de la oferta de trabajo y el influjo que sobre ella había logrado días atrás.
Una vez que el acusado se vio satisfecho, ambos se vistieron y la invitó a irse . Le abrió la puerta, le dio 65 euros y le dijo «no se lo cuentes a nadie has hecho un buen trabajo para mí, mi jefe también estaría encantado».
El acusado ingresó en prisión en marzo de 2019 de forma preventiva por estos hechos, aunque salió, con pago de 5.000 euros de fianza, en diciembre del mismo año. Entonces se le impuso la prohibición de entrar en Sevilla , así como de acercarse a la víctima. Estas medidas siguen vigentes.
Por estos hechos, constitutivos de un delito de abuso sexual, la Audiencia, en virtud del acuerdo alcanzado entre las partes, le condena a un año y medio de cárcel , apreciando la atenuante de reparación del daño al haber pagado ya la indemnización de diez mil euros a la chica.
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