Tribunales cádiz
Absuelta una acusada de denunciar falsamente ante la Policía el robo de su móvil en Sanlúcar
El juzgado entiende que se retractó en una segunda declaración y que no se iniciaron en ningún momento diligencias procesales
La mujer, vecina de Sanlúcar, dijo que un ladrón le había quitado su terminal cuando caminaba por la calle de la localidad, cuando más tarde admitió que se lo habían sustraído en Marruecos
Un posible caso de simulación de delito se ha resuelto finalmente con una absolución para su presunta autora. El Juzgado de lo Penal número 2 de Cádiz ha fallado a favor de una vecina de Sanlúcar que había sido procesada por dicho delito tras supuestamente haber denunciado de manera falsa ante la Policía que le habían robado el móvil en este municipio para así poder cobrar del seguro que tenía contratado, por lo que también se le acusaba de estafa.
Sin embargo la juez ha entendido que no queda probado que los hechos denunciados tuvieran este fin delictivo, y ha tenido en cuenta que la propia procesada se retractó de su primera declaración lo que llevó a que no se instruyeran finalmente diligencias judiciales.
Así la sentencia a la que ha tenido acceso este periódico relata como hechos probados que la acusada denunció «de forma mendaz» como víctima en la Comisaría de la Policía Nacional de Sanlúcar de Barrameda, un robo con violencia que dijo haber sufrido ese mismo día, cuando transitaba por la Avenida Quinto Centenario de la referida localidad.
Según contó al policía un desconocido se le había acercado por detrás y de un tirón le había arrebatado el bolso que portaba y en cuyo interior llevaba un teléfono móvil Iphone 7 Gold, para emprender inmediatamente la huida.
La referida denuncia determinó la incoación del correspondiente atestado policial y tras ser citada, la mujer compareció de nuevo en Comisaría ante los investigadores y desdiciéndose de aquella denuncia, admitió la falsedad de su primer declaración para manifestar que el terminal se lo habían sustraído en Marruecos, no determinando, tras esta confesión, aquel atestado la incoación de diligencias procesales.
En este sentido, la defensa de la acusada, representada por el letrado Juan Carlos Gómez Villegas, solicitó la libre absolución argumentando que la procesada no había cometido ninguno de los delitos que se le imputaban a su cliente, dándole finalmente la juez la razón en su fallo.
Según explicó la encartada en sede judicial le habían robado el teléfono en Marruecos, y, tras ponerse en contacto con el seguro, por consejo de su compañía, le recomendaron denunciar un robo con violencia a fin de que tal incidente tuviera cobertura.
Partiendo de lo anterior -indica la sentencia-, el desistimiento de la acusada al retractarse de su denuncia inicial mediante una nueva comparecencia, actúa como excusa absolutoria o eximente dado que evitó de forma voluntaria la consumación del delito desistiendo de su ejecución, e impidió la producción de un resultado imposible, dado que la actuación procesal o intervención judicial nunca se hubieran producido, por no ser unos de los supuestos de remisión del propio atestado. Contra dicha sentencia cabe interponer recurso de apelación.