PARQUE INMOBILIARIO

Casi 300 viviendas sociales de la Junta están ocupadas de manera ilegal en la provincia

Jerez es el municipio con más incidencias, seguido de La Línea y Cádiz

La Agencia de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía (AVRA) inspecciona su parque inmobiliario y detecta 3.132 okupaciones en la comunidad

Derribo de la última fase de las viviendas de la barriada de José Antonio, en El Puerto LA VOZ

El parque inmobiliario de viviendas públicas que gestiona la Junta de Andalucía en la comunidad tiene pisos ocupados de manera ilegal. La Consejería de Fomento, a través de la Agencia de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía (AVRA), ha respondido a una batería de preguntas formuladas en el Parlamento andaluz sobre esta cuestión, realizadas por los representantes de Vox. La respuesta del Gobierno regional concluye que de las 73.989 viviendas que gestiona, un total de 3.132 pisos se encuentran ocupados de manera irregular, es decir, este contingente de viviendas no se utiliza para su fin social y tampoco generan ingresos para las arcas públicas La Junta ha revisado el parque inmobiliario público de su competencia con 24.011 inspecciones. El resultado de este muestreo ha provocado las críticas de la oposición por parte de Vox, que apunta hacia la consejería como responsable del desaguisado y asegura que existen suficientes funcionarios para ejercer un mayor control sobre este parque público de viviendas.

Entre las conclusiones del informe de la AVRA destaca que en Cádiz se han inspeccionado 3.938 viviendas y se han detectado 297 incidencias. Este número sitúa a Cádiz como la cuarta provincia andaluza con más pisos públicos okupados, por detrás de Sevilla (1.868), Jaén (452) y Granada (410). El número de incidencias registradas en Cádiz supone el 9,2% del total andaluz. La okupación de estas viviendas frena el dinamismo de la lista de espera de familias vulnerables que han solicitado a la Junta el acceso a un piso social.

Jerez, con 56, es el municipio gaditano con más viviendas de la Junta okupadas, seguido de La Línea, con 30, Cádiz, con 27, y Algeciras, con 25.

La Agencia de Vivienda ha iniciado un proceso de inspección o verificación del parque inmobiliario para determinar el estado en el que se encuentra. Acabar con el agujero negro de las viviendas okupadas, la mayoría de ellas ubicadas en barriadas deprimidas, no es un proceso fácil ni rápido. Tampoco para la Administración, que tiene que lidiar con la lentitud de la justicia y, en otras ocasiones, con su propia burocracia, para poder desalojar los bienes que le han arrebatado.

Fallo del Supremo

El Tribunal Supremo rechazó el pasado abril el recurso de una familia que ocupó ilegalmente una vivienda pública y cuyo desahucio se suspendió mientras estuviera vigente el estado de alarma, recordando que la okupación impide a la Administración otorgar las viviendas públicas a quien justifique mayor necesidad.

La familia estaba integrada por un hombre con una pensión por incapacidad permanente de 1.179 euros mensuales, su pareja embarazada y un hijo de un año, diagnosticado de hemofilia. Un juzgado de lo contencioso de Huelva autorizó a la Agencia de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía la entrada en la vivienda de promoción pública que había sido ocupada por la familia.

Pero ésta recurrió el desahucio y el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía acordó suspender su ejecución hasta que no finalizase el estado de alarma declarado por la pandemia. Este tribunal valoró que se trataba de un caso límite y que había que ponderar los derechos en conflicto destacando que en pandemia, la vulnerabilidad de una familia con un menor era mayor.

La familia recurrió nuevamente esa sentencia ante el Supremo y solicitó dejar sin efecto la orden de desalojo al entender que el TSJ no había ponderado la situación de los menores y que no se habían adoptado las medidas necesarias para su protección. Pero en su sentencia, el Supremo considera que el tribunal andaluz sí aplicó el principio de proporcionalidad porque valoró la situación de los menores y suspendió el desahucio para evitar precisamente la desprotección de las personas vulnerables.

La Sala recuerda que el expediente de desahucio se inició en 2018 y que transcurrieron 5 años hasta la notificación de la sentencia recurrida, sin que los ocupantes hayan acreditado buscar una solución habitacional alternativa ajustada a la legalidad. La sentencia explica que los recurrentes ocuparon ilegalmente una vivienda pública destinada a cubrir necesidades habitacionales de quien lo solicita de forma regular.

Por consiguiente, su ocupación ilegal «impide que la Administración la pueda otorgar a quien justifique una mayor necesidad tras la debida comprobación de las circunstancias de las personas solicitantes, que no necesariamente han de ser los recurrentes».

Para la Sala, «supone tomarse la justicia por sí mismos de manera directa y con desprecio a cuantos puedan estar en situación análoga o más desfavorable, tanto en razón de la presencia de menores o personas con minusvalías como por ausencia de ingresos que, aunque limitados, sí tienen los recurrentes».

Uno de los mayores ejemplos de okupación ilegal en la Bahía de Cádiz se vivió en la barriada de José Antonio, en El Puerto, cuya demolición se pudo llevar a cabo en marzo de 2022 después de una década de inspecciones, realojos, desahucios y, sobre todo, presión vecinal para acabar con uno de los puntos más calientes de la venta de droga.

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