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¿Qué le va a pasar al niño que ha matado de un ladrillazo a un hombre en Écija?
El Código Penal establece unas sanciones que se aplican a menores de entre 14 y 18 años; el menor del caso apenas tiene once

Un hombre ha fallecido a consecuencia de un golpe propinado con un ladrillo lanzado por un menor de once años desde seis metros de altitud. El niño ha pasado a disposición de la Fiscalía de Menores, pero ¿cuál es la responsabilidad penal del menor?.
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En la Ley Orgánica 5/2000, reguladora de la responsabilidad penal de los menores, se establece que serán considerados menores a los que juzgar según estipula el Código Penal a individuos desde los catorce años y hasta los dieciocho, «con base en la convicción de que las infracciones cometidas por los niños menores a esa edad son en general irrelevantes y que, en los escasos supuestos en que aquéllas pueden producir alarma social, son suficientes para darles una respuesta igualmente adecuada los ámbitos familiar y asistencial civil, sin necesidad de la intervención del aparato judicial sancionador del Estado». Por lo que de esta ley se deduce que el menor implicado en el fallecimiento del hombre de Écija, no recibirá castigo penal alguno.
Responsabilidad civil
El niño, por lo tanto, tendrá que hacer frente a la responsabilidad civil, aunque según establece el Código Civil, los padres del menor o quienes tengan su guardia y custodia serán los que respondan ante el Estado del daño que por acción u omisión el menor haya provocado, teniendo que demostrar que actuaron de manera diligente para tratar de impedir que el hecho, en este caso el lanzamiento del ladrillo desde una azotea, sucediera.
De esta manera, y a la espera de lo que establezca un juzgado, los padres del niño de once años tendrán que hacer frente a las sanciones que se le interpongan al menor.