Sentencia

Anulada la licencia de obras concedida por el Ayuntamiento de Alcalá a un restaurante

Se trata de una construcción de nueva planta para un negocio de comida rápida

A. Mallado

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha declarado nula una licencia concedida por el Ayuntamiento de Alcalá, para la construcción de un restaurante de comida rápida en la calle Palmetillo, en la zona industrial de la localidad.

La sentencia analiza una sentencia previa del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número nueve de Sevilla, que desestimó el recurso del Colegio Oficial de Arquitectos de Sevilla (COAS), contra la desestimación por silencio administrativo del recurso de reposición que había elevado al Ayuntamiento alcalareño contra la aprobación de este proyecto arquitectónico y la licencia concedida para la construcción. Según el Colegio de Arquitectos el proyecto arquitectónico estaba redactado por un ingeniero técnico ind ustrial y no por un arquitecto.

El TSJA, expone que una sentencia de 2013 de la sala de Extremadura, que se hace eco de un fallo del Tribunal Supremo ,  y «resuelve la cuestión de forma definitiva» al determinar que «las construcciones destinadas al uso público han de ser proyectadas por arquitectos superiores, como atinentes a su natural competencia en edificaciones».

Por eso, la sentencia del TSJA revoca la resolución desestimatoria previa del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número nueve y declara nulos los actos administrativos impugnados por el COAS, entre los que figuraba la licencia de obras

Anulada la licencia de obras concedida por el Ayuntamiento de Alcalá a un restaurante

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