Expedientan al 'president' por pedir el voto en el referéndum
La Junta Electoral cree que incumplió la norma que impide a los poderes públicos solicitar la participación
Actualizado:La Junta Electoral Central (JEC) ha decidido abrir un expediente sancionador al presidente de la Generalitat de Cataluña, Pasqual Maragall, por entender que en su mensaje institucional del pasado viernes vulneró las normas que impiden a los poderes públicos pedir la participación en un referéndum.
La JEC se reunió ayer en el Congreso para analizar la denuncia presentada en ese sentido por el PP, que entendía que el mensaje institucional de Maragall, emitido por televisión pocas horas antes del inicio de la jornada de reflexión ante el referéndum sobre el nuevo estatuto de Cataluña, vulneró la Ley Electoral, la de Referéndum y los acuerdos previos de la Junta Electoral. En su resolución, la JEC señala que «los términos de la declaración institucional» de Maragall «constituyen objetivamente infracción de lo previsto en el artículo 50.1 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General» (LOREG).
Añade que como esa conducta es imputable directamente a Maragall, «sin perjuicio de lo que resulte del expediente», debe incoársele un expediente sancionador para el que designa como instructor al vocal de la Junta Juan Gonzalo Martínez Micó y secretario al de la propia JEC, Manuel Alba Navarro.
Límites
El artículo de la LOREG que, según la Junta, vulneró Maragall es el que establece que los poderes públicos que convocan una consulta pueden realizar una campaña institucional «destinada a informar a los ciudadanos de la fecha de la votación, el procedimiento para votar y los requisitos y trámite del voto por correo, sin influir, en ningún caso, en la orientación del voto».
Desde el inicio de la campaña para el referéndum del pasado domingo, la Junta Electoral Central estableció una interpretación según la cual la llamada a la participación, al no estar incluida en los objetivos que la ley marca para las campañas institucionales, queda prohibida. Esa interpretación, que el gobierno catalán intentó sin éxito parar con un recurso ante el Tribunal Supremo, obligó a la Generalitat a modificar algunos de sus anuncios y carteles.
El acuerdo de ayer de la JEC no especifica en qué pasajes concretos de su declaración del pasado día 16 vulneró Maragall la Ley Electoral. En el mensaje, el presidente de la Generalitat convocó a los catalanes a las urnas y abogó por no tener miedo de decidir el futuro de Cataluña.
La declaración, que fue finalmente emitida por los canales públicos TV3 y TVE en Cataluña, estuvo rodeada de polémica e incluso pendiente durante varias horas de que la JEC resolviera sendos recursos de ERC y PPC, que pretendían impedir su emisión. Sin embargo, minutos antes de la hora prevista, la JEC hizo público un acuerdo por el que permitía la emisión del mensaje al rechazar los recursos con el argumento de que no puede «ejercer ninguna forma de censura previa ni someter las programaciones de los medios a autorización previa».
Tras escuchar la declaración, el PP presentó una nueva denuncia que es la que la JEC resolvió ayer.