Marlaska renuncia a actuar contra la Ertzaintza tras recibir su informe
Según 'El Mundo' el director de la Ertzaintza habría enviado una circular que podría contravenir el auto de suspensión de actividades de Batasuna
Actualizado: GuardarEl juez de la Audiencia Nacional Fernando Grande- Marlaska ha renunciado a "acordar la práctica de ninguna diligencia" contra la Ertzaintza, tras recibir el informe que el director de ese cuerpo le remitió esta mañana en relación al cumplimiento del auto de suspensión de actividades de Batasuna.
El juez adopta esta decisión en una providencia en la que señala que, con ese informe, se da por cumplimentado el requerimiento que a primera hora de esta mañana le hizo a la Policía Autónoma Vasca y que "visto su contenido, así como la razonabilidad del mismo, no ha lugar a acordar la práctica de ninguna diligencia".
Grande- Marlaska , a la vista de algunas informaciones periodísticas sobre la existencia de una circular dictada por el director de la Ertzaintza, Jon Uriarte, consideró en un principio que ésta podría contravenir el auto de suspensión de actividades de Batasuna.
Por ello, advirtió esta mañana de que ello podría constituir delito de desobediencia a la autoridad judicial e, incluso, de colaboración con organización terrorista. Además, el juez hacía referencia en esa primera providencia a unas declaraciones de Uriarte en El Mundo, pero en el informe de la Ertzaintza de contestación a la misma, Uriarte afirma no haberlas hecho.
"No se han realizado declaraciones de ningún tipo al periódico El Mundo, desconociendo los motivos por los que el citado diario ha llegado a las conclusiones expresadas en el mismo", señala el informe.
Añade además que, "en todo caso, la Ertzaintza tiene en cuenta para cualquier cuestión relacionada con organizaciones ilegales lo dispuesto en el auto de fecha 17 de enero de 2006, como no puede ser de otras manera".
Contenido del informe
El Departamento de Interior del Gobierno vasco ha explicado a Grande- Marlaska que la orden que dio de cara a las manifestaciones que se iban a celebrar el pasado 2 de junio bajo el lema "No a la represión política, alternativas democráticas ya", y que ha causado polémica, es "muy similar" a otras que ha realizado de forma habitual y se basa en la jurisprudencia del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) y del Tribunal Supremo.
"Este tipo de resolución o en términos muy similares se vienen realizando de manera habitual a lo largo del tiempo, siguiendo la regulación de la mencionada Ley de Reunión y las diversas sentencias del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV), en cuanto a la capacidad de convocatoria de manifestaciones por particulares y del Tribunal Supermo en cuanto a cuestiones de suspensión y disolución de las propias manifestaciones", añade.
No obstante, precisó que se trata de marchas que se dan bajo determinadas circunstancias, como que las comunicaciones se formulen por personas particulares, sin mención o representación de organización alguna" y que, "por recibir diferentes apoyos, normalmente en medios de comunicación, directos o indirectos de organizaciones del entorno de la izquierda abertzale, son objeto de especial análisis", basándose en el auto de 17 de enero de este año de la Audiencia Nacional.
Según explica la Consejería dirigida por Javier Balza, ello hace que "este Departamento, a nivel preventivo, tome diversas medidas, desde la prohibición o modificación, hasta la concreción de los términos en los que deben desarrollarse".
De esta forma, señala que, en cada caso, se realizan las resoluciones oportunas y se comunica al convocante la suspensión, la prohibición o los términos en los que debe celebrarse el acto comunicado, así como "las consecuencias que pudiera tener la no celebración en esos términos", siempre de acuerdo con los artículos 5 y 10 de la Ley de Reunión y la doctrina existente, además del auto de la AN.
El texto, firmado por el director de la Ertzaintza asegura que, durante estos meses, "cualquier previsión de desórdenes públicos o ilícitos penales durante la celebración de concentraciones o manifestaciones han sido objeto de suspensión o prohibición, realización de atestados correspondientes y remisión a la autoridad judicial".