Es noticia:
ABCABC de SevillaLa Voz de CádizActualidad
El juez de la Audiencia Nacional Ismael Moreno será el encargado de llevar a cabo la investigación. / EFE
escalas en Palma de mallorca

La Audiencia Nacional investigará los vuelos de la CIA en España

La resolución es contraria al criterio expresado la semana pasada por el fiscal Vicente González-Mota

AGENCIAS | MADRID
/ESTRASBURGO Actualizado:

El juez de la Audiencia Nacional Ismael Moreno se ha declarado competente para investigar la existencia de un presunto delito de torturas relacionado con el supuesto uso del aeropuerto mallorquín de Son Sant Joan por aviones de la CIA para el traslado de presos. El magistrado explica que la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) le obliga a ello por tratarse de un delito de "persecución universal".

La resolución del titular del Juzgado central de Instrucción número 2 es contraria al criterio expresado la semana pasada por el fiscal Vicente González-Mota, cuyo informe defendía la devolución de la causa al juez que comenzó las averiguaciones, el titular del Juzgado de Instrucción número 7 de Mallorca, Antonio Garcías, por considerar que la Audiencia Nacional no tenía competencias en este caso. La Fiscalía ya ha anunciado que no recurrirá la decisión "para no dilatar el procedimiento".

En un auto notificado hoy, el juez Moreno recuerda que el artículo 23 de la Ley Orgánica del Poder Judicial ordena a la jurisdicción española conocer de aquellos asuntos que "según los tratados o convenios internacionales, deba ser perseguido por España". La misma Ley atribuye a la Audiencia Nacional este tipo de cuestiones (artículo 65), que en el presente caso se refieren a una vulneración de la 'Convención contra la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes', aprobada por la Asamblea General de la ONU en diciembre de 1984 y ratificada por España el 19 de octubre de 1987.

Hipótesis a verificar

En sus Fundamentos Jurídicos, el auto del juez Moreno señala que "nos encontramos ante la hipótesis de que a lo largo de los años 2004 y 2005, miembros de servicios de inteligencia extranjeros habrían llevado a cabo detenciones de presuntos terroristas en otros países y utilizando diferentes aeronaves los habrían retenido ilegalmente y trasladado hasta determinados lugares, también de países extranjeros, en cuyo 'ínterin' efectuaron escalas en diversos aeropuertos españoles para la materialización y culminación de tales presuntas actuaciones ilícitas".

Moreno recuerda que la Fiscalía se opuso desde el principio a que este asunto lo investigara la Audiencia Nacional al considerar que, "por economía procesal", la causa debería seguir siendo instruída por el juez Garcías, que es quien abrió las primeras diligencias tras recibir la denuncia de un grupo de ciudadanos. El magistrado explica que el argumento esencial en el que se apoyan tanto la Fiscalía de Palma de Mallorca como la Audiencia Nacional para negar la competencia a su Juzgado es el grado de evolución de las investigaciones, que no permiten aún sostener la presencia de ilícitos competencia de la Audiencia Nacional.

Frente a ello, el juez Moreno considera, en consonancia con lo manifestado para otros causas similares por el Tribunal Supremo, que en este caso los hechos "cuya verosimilitud y posibilidad suficiente de acreditación se investigan, de comprobarse que son ciertos, sin duda conllevarían la competencia de la Audiencia Nacional", y que en este momento su Juzgado tiene preferencia con repecto al de Palma de Mallorca.

La fiscalía no recurrirá

El auto de Ismael Moreno adquirirá firmeza en un plazo de tres días, ya que la única parte personada, que es la Acusación Pública, no tiene intención de recurrir para que no haya que esperar varios meses sin que se practique ninguna diligencia en relación como este asunto, según explicó el portavoz de la Fiscalía de la Audiencia Nacional, Juan Antonio García Jabaloy.

García-Jabaloy subrayó que la Fiscalía, pese a no recurrir, mantiene un criterio contrario a la investigación de este asunto por la Audiencia Nacional. Añadió que, una vez sea firme, lo previsible es que el juez Ismael Moreno admita a trámite la denuncia y pida informe al fiscal adscrito al caso, que es González-Mota, para que solicite las diligencias oportunas, como puede ser la citación de posibles responsables. La Fiscalía balear archivó, tras estudiar un informe de la Guardia Civil, las diligencias que ella misma había abierto a raíz de una información sobre los vuelos de la CIA publicada en el "Diario de Mallorca" el 13 de marzo de 2005.

Sin embargo, al día siguiente un grupo de ciudadanos presentó una denuncia por los delitos de detención ilegal, secuestro y torturas en relación con la utilización de la CIA del aeropuerto de Son Sant Joan, y a raíz de esta denuncia comenzó la instrucción del juez Garcías. La decisión de la Audiencia se ha conocido unos días después de que un informe del Consejo de Europa dirigido por el parlamentario suizo Dick Marty concluyera que catorce países europeos, entre ellos España, participaron de forma activa o pasiva en la "telaraña" tejida en el mundo para efectuar traslados "ilegales" de presuntos terroristas en vuelos organizados por la CIA a cárceles secretas.

España, Alemania, Chipre y Turquía aparecen en el mapa elaborado por el equipo de Marty como "plataformas" para los vuelos en Europa. Y se denomina el aeropuerto español de Palma de Mallorca como "plataforma bisagra". En esa isla mediterránea "equipos extremadamente bien entrenados preparaban sus misiones y regresaban para descansar", ha asegurado Marty. El Gobierno español ha rechazado "de forma tajante" las conclusiones del informe.

La ignorancia de los gobiernos europeos es "inverosímil"

Por su parte, la comisión temporal del Parlamento Europeo (PE) que investiga el caso considera "inverosímil" que "algunos" gobiernos europeos no estuviesen al tanto de estas actividades. En su informe de conclusiones preliminares, la comisión afirma que las "pruebas" que le han sido presentadas apuntan a que en "cierto número de casos la CIA u otros servicios de EEUU han sido responsables directos del arresto, traslado, abducción o detención ilegal de sospechosos de terrorismo" en la UE, así como de su posterior "entrega extraordinaria" a países no europeos.