Los transexuales podrán pedir el cambio de sexo en el Registro sin pasar por quirófano
Los solicitantes deberán presentar documentos avalados por especialistas
Actualizado:La futura ley que regulará el derecho a la identidad de género está ya en marcha. El Consejo de Ministros aprobó ayer el texto que facilitará a los transexuales adecuar su identidad registral en los documentos oficiales -DNI, pasaporte y otros- sin necesidad de someterse a un cambio de sexo quirúrgico. El proyecto, no obstante, prevé que quienes acrediten el paso por el quirófano antes o después de la entrada en vigor de la ley, obtengan el cambio registral de manera automática, sin necesidad de más trámites. En el caso de los transexuales que no quieran o no hayan tenido tiempo de acudir a la cirugía para dotarse de nuevos órganos genitales, deberán presentar documentos que acrediten un diagnóstico de disforia de género, mediante informe de médico o psicólogo colegiado. Para cambiar su identidad en los documentos oficiales deberán, además, probar que han sido tratados médicamente durante al menos dos años para acomodar sus características físicas a las correspondientes al sexo reclamado. Será necesario el informe del médico colegiado bajo cuya dirección se haya realizado el tratamiento. Ambos requisitos podrían haberse cumplimentado antes o después de la entrada en vigor de la ley. Quienes cuenten con los certificados médicos exigidos podrán inscribirse en el Registro con su nuevo sexo al día siguiente de que la ley entre en funcionamiento.
En España se estima que hay entre 3.000 y 9.000 personas transexuales. Con esta futura ley, España se suma a países como Suecia, Alemania, Italia, Holanda, Reino Unido o Turquía, que ya han dado seguridad jurídica a la necesidad del transexual diagnosticado de ver recogida su asignación inicial de sexo.