El Gobierno deroga la 'golden share' por estimarla «innecesaria»
El Ejecutivo mantenía este mecanismo en Endesa y Telefónica
Actualizado: GuardarEl Gobierno ha derogado definitivamente la golden share, o acción de oro, en las empresas públicas privatizadas al estimar que su actual estabilidad la hace innecesaria, según explica el Ejecutivo en la Ley publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
El BOE publicó el sábado pasado la ley por la que se deroga definitivamente la acción de oro, después de que fuera votada el 5 de abril de este año en la Comisión de Economía y Hacienda del Congreso con la adhesión de todas las fuerzas políticas.
El Gobierno argumenta en el preámbulo que puede afirmarse que la estabilidad de las empresas sobre las que el Estado mantenía una acción de oro "está hoy día asegurada y no se aprecian riesgos significativos para el regular desarollo de sus actividades". Así, la situación actual "refleja su innecesariedad", por lo que "carecería de sentido prorrogar la vigencia de dichos controles una vez que su finalidad se ha cumplido".
El Gobierno recuerda la carta de emplazamiento enviada por la Comisión Europea (CE) y el posterior dictamen motivado de julio de 2005 en el cual el Ejecutivo europeo reiteraba la obligación de que España cumpliera con la Sentencia del Tribunal de Justicia que declaró la norma incompatible con el derecho comunitario, y las posibles sanciones que pudrían derivarse de su incumplimiento.
La golden share seguía vigente en el ordenamiento jurídico español a través de la Ley 5/1995 de 23 de marzo y tenía como finalidad principal la de responder a la garantía del interés público de determinadas empresas que hasta el momento eran públicas y que fueron privatizadas.
Es el caso de empresas como Endesa o Telefónica en las que el Gobierno seguía teniendo una acción de oro hasta junio de 2007, y febrero de 2007 respectivamente. En el caso de Iberia o Repsol YPF, este mecanismo ya prescribió los días 3 de abril y 6 de febrero de esta año respectivamente.
Esta ley suponía por tanto un régimen de autorización administrativa previa a la realización de ciertas operaciones, especialmente la enajenación a terceros de porciones significativas del capital social.
'Ley Rato' y decreto de la CNE
Otro de los mecanismos que existen para el control de determinadas empresas es la disposición adicional 27, que proporciona al Gobierno la facultad de impedir que una empresa pública extranjera controle más del 3% de una energética española.
Esta norma fue promulgada en el 2000 cuando la eléctrica pública francesa EDF trató de entrar en Hidrocantábrico, de ahí que recibiese el nombre de "ley anti EDF". Pero la CE llevó esta disposición ante el Tribunal del Justicia por entender que constituye una restricción injustificada a la libre circulación de empresas.
El actual Gobierno ha introducido un nuevo mecanismo para supervisar el control de empresas energéticas como Endesa, objeto de dos ofertas públicas de adquisición (OPAs), una de ellas de una empresa extranjera.
El 24 de febrero, tres días después de que la alemana E.ON presentara una oferta sobre la primera eléctrica española, el Gobierno promulgó un Decreto Ley por el que la Comisión Nacional de la Energía (CNE) ampliaba la aplicación de la función 14.
Con el decreto, cualquier empresa, nacional o extranjera, de cualquier ámbito, energético o no, que quisiera hacerse con una compañía energética como Endesa, debía pasar el examen de la CNE al considerarse que los sectores estratégicos como el carbón o la energía nuclear, donde Endesa se encuentra presente, se verían afectados.
El Ejecutivo europeo ya se ha pronunciado varias veces sobre la posibilidad de que esta norma afecte a la libre circulación de capitales y el libre establecimiento de empresas dentro de la Unión Europea (UE) y ya ha enviado una carta de emplazamiento al Gobierno pidiéndole explicaciones al respecto.
El Ejecutivo español, y en especial el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, ya ha anunciado que responderá a la CE dentro del plazo concedido y que espera convencerle de que el decreto se ajusta a la normativa europea y que sólo tiene que ver con criterios de seguridad pública que se acogen a los principios comunitarios.