TRÁFICO. Sólo en una ocasión se ha demostrado que la pilona de Tornería ha tenido un fallo técnico. / ALEJANDRO MARTÍN
Jerez

El 54% de las reclamaciones por daños al Consistorio son rechazadas

Desde 2001, ha abonado más de 138.000 euros por indemnizaciones La gran mayoría de los demandantes abandonan antes de ir al contencioso

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Más de la mitad de las reclamaciones de indemnizaciones por daños y perjuicios interpuestas contra el Ayuntamiento de Jerez acaban siendo desestimadas por falta de motivación. Concretamente, el 54%, unas 400 quejas de un total de 751 reclamaciones que el Consistorio ha recibido en los últimos cinco años, han sido rechazadas y tan sólo el 12% fue estimado, porcentaje que en cifras redondas asciende a sólo 92.

Esta cuantía supuso el abono de 138.626 euros en concepto de indemnizaciones por daños y perjucios, aunque no todas correspondieron a las arcas municipales, ya que 60.000 euros fueron cubiertos por el seguro de responsabilidad civil contratado por el Ayuntamiento de Jerez.

Según los datos que maneja la Delegación de Hacienda y Patrimonio, todavía permanecen por resolver el 34% de las reclamaciones de indemnizaciones por daños producidos por el funcionamiento de los servicios municipales. El alto grado de rechazo no desanima a los ciudadanos, que en 2005 presentaron 183 reclamaciones, la mayor cifra registrada en los últimos cinco años.

Las causas del incremento del número de quejas recibidas en los últimos años no están claras, aunque desde el Consistorio se apunta a un presunto «efecto llamada», que provoca que se presenten una cascada de escritos a causa de la publicidad.

Según indicó la edil de Hacienda y Patrimonio, Rocío Montero, las principales demandas recibidas se refieren a materias relacionadas con las delegaciones de Urbanismo, Infraestructuras, Medio Ambiente y Movilidad y Seguridad.

Primer paso

La reclamación patrimonial es el primer paso a la hora de exigir una indemnización por daños y perjuicios al Consistorio por cuestiones relacionadas con sus competencias. La materia es muy amplia. «Va desde la persona que sufre heridas al tropezarse con un agujero en la acera hasta los que tienen daños en sus vehículos por caída de ramas», señaló Montero.

Sin embargo, una de las cuestiones que más quebraderos de cabeza causa es la pilona de la calle Tornería. «Pero sólo en uno de los casos que he visto se puede hablar de mal funcionamiento», especificó Montero.

Proceso

Para que una reclamación sea estimada, debe cumplirse una serie de requisitos. En primer lugar, tiene que haberse producido un daño efectivo, susceptible de ser evaluado económicamente. Además, es necesario que exista una relación de causa. efecto entre el funcionamiento de un servicio público y el daño producido.

El plazo para presentar las reclamaciones expira un año después de de producirse el hecho que motive la indemnización. Si se trata de un daño físico o psíquico, el plazo empezará a computarse desde la curación o la determinación del alcance de las secuelas.

Una vez presentada la reclamación en la Oficina de Atención al Ciudadano o en cualquier registro municipal, el gabiente jurídico del Ayuntamiento investiga las causas de la reclamación y reclama informes a las delegaciones implicadas.

Si la queja es desestimada, el ciudadano puede acudir a continuación a los tribunales mediante la vía contencioso-administrativa, un procedimiento lento, costoso y también de poco éxito. çTan sólo 65 quejas han llegado al contencioso en los últimos cinco años y únicamente once han sido estimadas. Otras 25 han sido rechazadas y quedan pendientes de sentencia unas 29 reclamaciones.