Dimite el delegado del Gobierno en Madrid tras la condena a los policías del 'caso Bono'
La Audiencia impone penas de entre tres y cinco años de cárcel a tres agentes por la detención de militantes del PP en una manifestación de la AVT en la que participaba el ex ministro Los jueces consideran probado que el ex titular de Defensa no sufrió agresión física alguna
Actualizado:La Audiencia Provincial de Madrid condenó este lunes a penas que suman trece años y medio de cárcel a tres policías a los que responsabiliza de la detención, en enero de 2005, de los militantes del PP de Las Rozas Isidoro Barrios y Antonia De la Cruz, que fueron acusados de agredir al entonces ministro de Defensa, José Bono, en una manifestación de la Asociación de Víctimas del Terrorismo (AVT). Bono había ido a la marcha a título personal, y fue increpado por un grupo de manifestantes que, sostienen los jueces en su resolución, no llegaron a agredirle, por lo que consideran «ilegales» los arrestos. El fallo provocó la dimisión de Constantino Méndez, delegado del Gobierno en Madrid.
Los jueces que han analizado el conocido como caso Bono consideran probado que Méndez mintió tras los hechos cuando, después de reunirse con responsables policiales y con la AVT para tratar lo ocurrido, anunció que los investigadores tenían datos e imágenes que avalaban la tesis de la agresión y que pronto habría detenciones. Méndez aseguró que renuncia por sus «firmes convicciones democráticas», a pesar de no compartir «en absoluto» el sentido de la resolución, que, subrayó, deja claro que los arrestos no obedecieron a órdenes políticas.
Los tres condenados son el comisario jefe de la Brigada de Información Rodolfo Ruiz; el inspector jefe Javier Fernández y el agente José Luis González Salgueiro, que actuó como secretario en el interrogatorio de los detenidos. Los magistrados de la sección decimosexta imponen a los dos primeros sendas penas de cinco años de prisión y ocho de inhabilitación absoluta por los delitos de detención ilegal y falsificación de documento público, y al tercero tres años de cárcel. Además, Ruiz y Fernández tendrán que indemnizar a los dos militantes del PP con 12.000 euros.
Los tres agentes anunciaron que recurrirán ante el Tribunal Supremo la decisión judicial, que el comisario jefe Ruiz tachó de «absolutamente injusta», «arbitraria» y «política».
El 22 de enero de 2005 Bono fue increpado a su llegada a la manifestación con gritos de «fuera, fuera», «asesino», «apóstata de la iglesia» y «defensor de maricones». En torno suyo se generó un tumulto que llevó a sus escoltas, a varios policías allí presentes y al servicio de seguridad de la manifestación a formar una cápsula de seguridad alrededor del ministro, que iba acompañado por su hijo y por la eurodiputada Rosa Díez. Según la sentencia, las autoridades fueron protegidas «sin que sufrieran ninguna agresión física». Un día después del suceso, la policía interrogó a los agentes que participaron en el cordón de seguridad, que sólo reconocieron haber sufrido «zarandeos» por «la presión del numeroso público asistente» y subrayaron que el ministro y sus acompañantes oyeron sólo «insultos y abucheos», que describieron como una «situación incómoda».
Tras revisar las grabaciones en vídeo, el inspector Fernández comunicó a su jefe, Rodolfo Ruiz, que no había «nada» que pudiera calificarse de agresión, y su superior le respondió que «si el ministro dice que le han pegado, le han pegado, y eso no se cuestiona».
Ese mismo día, Ruiz se reunió con el delegado del Gobierno, Constantino Méndez, y con miembros de la AVT, para evaluar los incidentes. Tras el cónclave, Méndez anunció a los medios que «pronto habría identificaciones y detenciones» porque la policía tenía información y documentos gráficos suficientes para incriminar a varias personas de las que estaban alrededor de Bono.
Esas afirmaciones, sostienen los jueces en la sentencia, «no respondían a la realidad, pues la investigación policial aquella tarde no reflejaba ni agresiones al ministro ni identificaciones de clase alguna».
La sentencia concluye que la Policía dirigió su mirada hacia Isidoro Barrios y Toñi De la Cruz en la mañana del martes, tras ver publicada en El País una fotografía en la que podía apreciarse que estaban cerca de Bono en el momento de mayor tensión. A mediodía, fueron detenidos a instancias de los condenados. Uno de los inspectores que participaron en las diligencias le dijo a sus jefes que no había pruebas suficientes para detenerlos, y Ruiz le comunicó que «estaba cesado como instructor de las diligencias, como jefe de grupo, y que abandonara el despacho inmediatamente». En tanto declaraban los arrestados, se presentaron en la comisaría los escoltas de Bono para cambiar su primera declaración, que coincidía con las de los policías en el sentido de que no había existido agresión. Los guardaespaldas traían consigo una nota manuscrita que ampliaba en dos párrafos sus primeros testimonios y hacía hincapié en la «violencia extrema» de los manifestantes, que trataban de agredir al ministro «con sus manos, pies y objetos contundentes», añadieron. La sentencia también señala que esos testimonios «no respondían a la realidad constatada por los vídeos».
Los dos detenidos fueron puestos en libertad con cargos ese mismo día a las cuatro de la tarde. A partir de ese momento, a raíz de la importancia que cobraba el suceso, los policías se dedicaron a «inflar» y «abultar los hechos» para «justificar las dos detenciones que habían practicado». Además, destruyeron el atestado original y el acta de las primeras comparecencias de los policías que participaron en el cordón de seguridad. Abrieron diligencias para dejar constancia de todos los documentos gráficos publicados que vinculaban a los detenidos con el suceso, y también para dejar constancia de que Bono había denunciado «empujones y puñetazos, uno de ellos en las costillas».
Lo que les puede pasar
Los tres miembros de la policía condenados serán expulsados del Cuerpo en cuanto la sentencia sea firme, informaron a Europa Press fuentes policiales. El Código Penal recoge que cualquier condena en firme que implica un sólo día de inhabilitación supone la pérdida de la condición de funcionario público para los policías. Si los tres funcionarios del Cuerpo Nacional de Policía recurren la sentencia al Tribunal Supremo y éste termina por desestimar el recurso, serán expulsados inmediatamente. Cuando se cumplan los años de inhabilitación a los que pueden ser condenados en firme, los tres policías podrán solicitar la rehabilitación de su condición de funcionarios, que dependerá de una decisión administrativa.