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en un Consejo ministros extraordinario

El Gobierno inicia hoy el proceso de disolución del Ayuntamiento de Marbella

Una gestora designada por la Diputación Provincial de Málaga asumiría entonces la gestión de los asuntos de esa corporación

EFE |MADRID
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El Consejo de ministros mantendrá hoy una reunión de carácter extraordinario que tendrá como único punto en su orden de día iniciar el procedimiento que concluya con la disolución del Ayuntamiento de Marbella.

El Ejecutivo decidió anoche la convocatoria de este Consejo extraordinario, que se reunirá en el Palacio de la Moncloa a partir de la once de la mañana.

Estaba previsto que el jefe del Gobierno, José Luis Rodríguez Zapatero, se reuniera a las 11:00 horas con el lehendakari, Juan José Ibarretxe, para analizar la situación generada con el anuncio de alto el fuego permanente de ETA, pero la entrevista se ha pospuesto para las 11.45 horas debido a la convocatoria del Consejo de Ministros extraordinario.

Hoy también está previsto que el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía analice, a las 10.00 horas, el informe jurídico en el que se plantea la posibilidad de instar al Ejecutivo central a disolver el Ayuntamiento de Marbella tras la presunta trama de corrupción puesta al descubierto por la Operación Malaya. De hecho, el consejero andaluz de la Presidencia, Gaspar Zarrías, ha considerado que se dan las circunstancias objetivas para la disolución del Ayuntamiento de Marbella.

La disolución debe contar con un acuerdo favorable del Senado

Pero el Consejo de ministros puede adoptar por iniciativa propia la decisión de disolver el ayuntamiento marbellí, lo que podría conllevar que una gestora designada por la Diputación Provincial de Málaga asumiera, según la legislación vigente, la gestión de los asuntos de esa corporación.

El artículo 61 de la Ley de Régimen Local explica que el Gobierno puede acordar la disolución de una corporación "en el supuesto de gestión gravemente dañosa para los intereses generales que suponga incumplimiento de sus obligaciones constitucionales".

El Gobierno autonómico debe ser informado y la disolución debe contar con un acuerdo favorable del Senado.

Posibilidad de convocatoria de elecciones parciales

Una vez disuelto el Ayuntamiento, la Ley electoral señala que deberán convocarse elecciones parciales para constituir una nueva corporación dentro del plazo de tres meses.

El artículo 183 de la Ley establece no obstante que esa convocatoria electoral no se hará si el nuevo ayuntamiento se fuera a constituir en el último año del mandato municipal, como ocurre en Marbella, por lo que se baraja la opción de crear la comisión gestora designada por la Diputación Provincial.

Sin embargo, el PP exige que se convoquen elecciones acogiéndose al artículo 50 de la Ley 30/92 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común que establece que, en caso de urgencia, se pueden reducir a la mitad los plazos establecidos para la convocatoria de elecciones.

El pasado viernes, tras la última reunión del Consejo de ministros, la vicepresidenta primera del Gobierno, María Teresa Fernández de la Vega, aseguró que el Ejecutivo actuaría "con total rotundidad conforme a lo establecido en la ley", cuando se confirmasen los posibles delitos de corrupción en el Ayuntamiento de Marbella después de las investigaciones policiales y judiciales.