Los fiscales siguen la 'doctrina Parot'
Actualizado: GuardarLa Fiscalía del Tribunal Supremo acordó ayer «ceñirse» al criterio sobre el cómputo de los beneficios penitenciarios previstos en el Código Penal de 1973, establecido por este tribunal en la sentencia en la que se pronunció sobre la acumulación de penas solicitada por el preso etarra Henri Parot.
Según informaron fuentes del ministerio público, los fiscales de las dos secciones de la Fiscalía de la sala de lo penal del Alto Tribunal mantuvieron ayer una reunión durante la que estudiaron los términos en los que está redactada la sentencia y los criterios contenidos en ella.
El pasado 20 de febrero, el Supremo decidió acumular las condenas de Parot en una sola pena de 30 años, que deberá cumplir íntegramente -por lo que no saldría de prisión hasta el 2020-, ya que el Alto Tribunal acordó que las redenciones se le apliquen sobre condenas individuales y no sobre la pena acumulada. La Fiscalía, según las fuentes consultadas, tendrá en cuenta este cambio jurisprudencial y se ceñirá al criterio establecido por el Tribunal Supremo en los próximos casos que lleguen a la sala.