Los tribunales rechazan por segunda vez la demanda de la Junta contra las tabaqueras
La Audiencia de Madrid da la razón a las compañías al considerar al Estado parte implicada en el proceso y remite el litigio a la vía de lo contencioso El Gobierno andaluz no abandonará la batalla judicial y estudia cómo continuar
Actualizado: GuardarNuevo revés a la Junta de Andalucía en su batalla judicial para que seis industrias tabaqueras indemnicen el gasto sanitario derivado de las enfermedades del tabaquismo. La Audiencia Provincial de Madrid ha desestimado el recurso de apelación que la Junta elevó en mayo de 2004 contra la decisión del Juzgado de Instrucción número 68 de Madrid de abstenerse en este procedimiento judicial y remitir la demanda a la vía de lo contencioso administrativo. La Junta pretendía con el recurso litigar con las tabaqueras por la vía civil, un extremo que finalmente ha desestimado la Audiencia en favor de la vía de lo contencioso al entender que el Estado es parte implicada por haber sido monopolio del tabaco.
En su demanda, iniciada en febrero de 2002, el Ejecutivo andaluz solicitaba a las compañías Altadis, British American Tobacco España, Philip Morris Spain, JT International Iberia, Cita Tabacos de Canarias y Tabacos Canary Islands, una compensación económica a los gastos sanitarios derivados de las enfermedades provocadas por el consumo de tabaco en el Servicio Andaluz de Salud.
El juez aceptó en mayo de 2004 la excepción solicitada por las compañías tabaqueras para que el Estado fuera parte del procedimiento, al haber tenido el monopolio de la fabricación y venta de tabaco en España, a través de Tabacalera, hasta 1998 y considerar que podía haber responsabilidad estatal, con lo que el procedimiento debía iniciarse por la vía contencioso-administrativa.
En la nueva sentencia, la Audiencia Provincial de Madrid desestima el recurso de la Junta de Andalucía interpuesto el mismo 2004. La Audiencia rechaza la alegación de la Junta según la cual la ampliación de la demanda contra el Estado no fue voluntaria sino impuesta por el Juzgado de precedencia. También la Junta de Andalucía se cuestionaba que las labores del tabaco puedan merecer la consideración de servicio público.
Al respecto, la Audiencia señala que el monopolio es un servicio público patrimonializado, y su gestión continuaba encomendada a la compañía concesionaria «en colaboración con el Estado, bajo la directa fiscalización del mismo y la subordinación a los intereses de la economía nacional». «La participación del Estado en la gestión de dicho servicio público es suficiente para estimar competente a la jurisdicción contencioso-administrativa», concluye el auto.
Reacción de la Junta
La reacción del Gobierno andaluz ha sido de lógico disgusto. La consejera de Salud, María Jesús Montero, interpreta la sentencia como un triunfo de las tabaqueras por dilatar el proceso, ya que, según dijo, «está impidiendo entrar en el fondo de la cuestión».
El fondo de la cuestión no es otro que la indemnización de 1,7 millones de euros que la Junta reclama a las seis tabaqueras por el coste sanitario de las enfermedades asociadas la tabaquismo. La demanda, formulada en febrero de 2002, se basó en el artículo 83 de la Ley General de Sanidad, que obliga a las administraciones a resarcirse de los gastos causados por un tercero en el tratamiento de la salud pública de los pacientes.
La demanda de la Junta pretende evitar que las tabaqueras, «que obtienen un cuantioso beneficio comercial, acrecentado por un mercado fiel gracias a la adicción a la nicotina, continúen enriqueciéndose al no sufragar los gastos sanitarios que se originan por el consumo», según fuentes de Salud.
Pese al revés reconocido, el Gobierno andaluz piensa seguir en la batalla judicial. Montero señaló que los servicios jurídicos de la Junta, que recibieron ayer mismo dicho auto judicial, están estudiándolo al objeto de decidir «la mejor opción» para continuar con su desarrollo. «Si finalmente la única opción que se nos deja es la contencioso-administrativa, jurídicamente se estudiará», añadió la consejera.