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por el caso 'fondos reservados'

La Audiencia de Madrid rechaza de nuevo otorgar el tercer grado a Rafael Vera

Según el auto, "no concurren efectivamente aún los factores que han de indicar de manera favorable la especial progresión al tercer grado"

EFE | MADRID
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La Audiencia de Madrid ha rechazado de nuevo la petición del ex secretario de Estado de Seguridad Rafael Vera para que le clasifiquen en tercer grado penitenciario, por lo que seguirá en segundo grado -régimen ordinario-, aunque puede salir de prisión veinticuatro horas a la semana.

Según el auto dictado por la sección quinta de la Audiencia madrileña, el tribunal rechaza el recurso de Vera contra la resolución de un juzgado de Vigilancia Penitenciaria de Valladolid que le denegó esta progresión de grado el 21 de noviembre de 2005, confirmado por otra de la Dirección General de Instituciones Penitenciarias fechada el 8 de septiembre de ese año. El auto de la Audiencia, que establece que "no concurren efectivamente aún los factores que han de indicar de manera favorable la especial progresión al tercer grado", va acompañado del voto particular discrepante del presidente de esta sección, Arturo Beltrán, que expone que Vera "desde su ingreso en prisión se resigna a la aplicación del Derecho y no quiere vulnerar las normas".

La Audiencia explica que "junto a los elementos favorables a la progresión, aparecen los desfavorables" que aconsejan "la decisión de mantener el segundo grado por el momento hasta su reconsideración y el requerimiento de un mayor tiempo de estudio o de examen". Recuerda que Vera fue condenado por un delito "grave", por el "caso de fondos reservados", y por tanto "ha de extinguir una pena de privación de libertad de duración larga, a la que habrá de adaptarse el tratamiento penitenciario" y que con anterioridad "había sido condenado por otros dos delitos -uno de detención ilegal y otro de malversación de caudales públicos por el caso Marey- aunque fuese objeto de un indulto parcial".

Sin reconciliación con el Derecho

Además, explica que el ex secretario de Estado "no ha satisfecho las responsabilidades civiles" por la condena de los "fondos reservados" por un delito contra el patrimonio del Estado, aunque se haya procedido al decomiso de bienes inmuebles "cuyo valor probablemente sea bastante para su pago". Esta circunstancia, para el tribunal, no evidencia "una asunción del delito, ni de su responsabilidad por él, ni ofrece signo alguno de reconciliación con el Derecho o de rectificación de su conducta pasada, en el sentido que da al tratamiento penitenciario la Ley Orgánica General Penitenciaria (LOGP), como orientado a la reinserción social, es decir, a hacer del interno una persona con la intención y la capacidad de vivir respetando la Ley penal".

"Por todo ello, ha de concluirse que no concurren efectivamente aún los factores que han de indicar de manera favorable la especial progresión al tercer grado", señala el auto de la sala integrada por los magistrados Arturo Beltrán, Paz Redondo y Celia Sainz, que no precia "temeridad ni mala fe" en el recurrente, por lo que declara de oficio las costas. En el voto particular, Beltrán expone que "en el lejano pasado Rafael Vera vivió sin respetar la ley penal, quizá incluso creyendo que podía permitirse impunemente el lujo de no respetarla (...) por eso ha de cumplir sus condenas, pero puede cumplirlas en tercer grado de clasificación".

Añade que "su peligrosidad era entonces muy grande porque tenía el poder político y la confianza del Gobierno y de muchos millones de personas y no sólo de su propio partido. Hoy las circunstancias son totalmente distintas, ni tiene ese poder, ni aún atisbo del mismo, ni lo tendrá nunca más". "Por ello, tal vez no quepa hablar con certeza de reconciliación con el Derecho, en términos de evolución psicológica o de conversión moral, pero sí puede decirse que desde su ingreso en prisión, al menos, se resigna a la aplicación del Derecho y no quiere vulnerar las normas. Y esa es la exigencia jurídica", concluye Beltrán, que considera que debió estimarse en el recurso de Vera y acordar la progresión al tercer grado de clasificación.

Rafael Vera cumple la pena de siete años de prisión que se le impuso en el caso Fondos reservados en la cárcel de Segovia.