Procesados los nueve guardias civiles imputados en la muerte del 'caso Roquetas'
La causa continúa "por si los hechos imputados fuesen constitutivos de presuntos delitos de trato degradante y lesiones"
Actualizado:La titular del Juzgado de Instrucción número 1 de Roquetas de Mar (Almería), Estefanía López, ha dictado el auto de procesamiento contra los nueve guardias civiles imputados en la muerte de Juan Martínez Galdeano en el cuartel de esa localidad a finales de julio del pasado año.
El auto señala que la causa se ha de continuar por los trámites de procedimiento abreviado "por si los hechos imputados fuesen constitutivos de presuntos delitos de trato degradante y lesiones".
A partir de este auto, la acusación particular y el Ministerio Fiscal deben presentar en diez días el escrito de acusación en el que pidan la apertura de juicio oral o el sobreseimiento del caso, sin perjuicio de que puedan "solicitar excepcionalmente la práctica de diligencias complementarias que consideren imprescindibles para formular la acusación".
El auto, contra el que cabe recurso de reforma o de apelación, relata que el 24 de julio de 2005, sobre las 16:20 horas, Juan Martínez Galdeano "se dirigió al cuartel de la Guardia Civil en estado de agitación y alteración, dando voces y empujones" a tres de los guardias civiles.
A continuación, "se agarró al mástil de la bandera del cuartel" y "tras unos minutos de conversación, los agentes lograron convencer a Martínez Galdeano para que depusiera su actitud".
Cuando entró en las dependencias del cuartel, se puso "nuevamente violento" y "hubo de ser esposado y detenido por los agentes", por lo que se acordó trasladarlo hasta el vehículo policial.
Opuso resistencia
El auto señala que en este traslado opuso resistencia y se negó a introducirse en el coche, "arrojándose al suelo y lanzando una fuerte patada a la puerta del vehículo para cerrarla", momento en el que fue "alcanzada por la puerta" una agente, que sufrió lesiones. Además, el juez recoge en el relato de los hechos que Martínez Galdeano "mordió a un agente causándole lesiones en una mano".
Prosigue que "una vez en el suelo, y en vista de que el detenido no deponía su actitud, se personó el teniente", que "indicó a los agentes que se apartaran, procediendo a usar una defensa eléctrica contra el detenido".
Posteriormente, "al comprobar que la defensa eléctrica no funcionaba, indicó a los agentes que lo inmovilizaran", por lo que cinco agentes "lo sostuvieron por la cabeza, las muñecas y los tobillos" mientras era golpeado por uno de los guardias civiles "con una defensa, aplicándole puntazos de dolor en el cuello y en los costados".
Además, la agente "lo golpeó en las piernas con una defensa de goma" y otro agente "le ató las piernas con un lazo de seguridad y usó un spray de defensa".
Cuando Galdeano "cesó de moverse" y "los agentes repararon en que no respiraba, practicaron maniobras de resucitación hasta que llegaron los servicios médicos", indica el auto.
Reacción adversa a drogas y diversas lesiones
Cuando estos llegaron "se comprobó que Martínez Galdeano había fallecido, siendo la causa una reacción adversa a drogas de abuso debida a un consumo previo de cocaína", según el informe del médico forense.
También destaca que el fallecido "sufrió lesiones consistentes en hematomas, erosiones, esquimosis e infiltrados cutáneo-musculares de las que hubiera tardado en curar 20 días, tras una primera asistencia facultativa y un tratamiento consistente en reposo, curas locales y medicación analgésica-antiinflamatoria local y general".
Por otro lado, la juez ha dictado una providencia en la que desestima la reconstrucción de los hechos solicitada por la acusación particular por "no ser necesaria habida cuenta del material audiovisual -en referencia al vídeo grabado en el cuartel- así como diversos informes periciales".
Tampoco concede el visionado del vídeo y la remisión de las actuaciones realizadas al forense Hernández Treviño, encargado de hacer un segundo informe de autopsia por parte de la acusación particular en el caso, ya que, a juicio de la juez, "no es necesario para la confección de un informe forense" y porque las partes ya tienen material documental suficiente.