Sobre los 'crímenes pasionales' y otros reproches sociales
Actualizado: GuardarEl pasado día 10 de enero aparecieron los cadáveres de un hombre y una mujer en la cuneta de la carretera que conduce desde la nueva Autovía hasta Alcalá de los Gazules. Sostiene la Guardia Civil en su atestado que él decidió dispararle a ella con su escopeta de caza por la espalda -por dos veces-, a consecuencia de lo cual resultó muerta; a pocos metros, el autor del disparo decidió quitarse la vida con el mismo arma que escasos instantes antes había empleado para acabar con la de ella; parece -una vez más-, que la historia se repite: él volvía a tener en sus manos el destino de ambos, poniéndole fin cuando lo creyó oportuno; «posibles celos», decía el titular del periódico con el que desayunaron sorprendidos a la mañana siguiente los vecinos de los difuntos.
Hechos como éstos se vienen repitiendo desde siempre en todos los rincones del mundo, y sin embargo, unas veces nos referimos a ellos como «violencia de género» y nos lamentamos, y nos manifestamos por las calles, y gritamos con el corazón en un puño «¿no a la violencia machista!», en defensa de esas mujeres que caen muertas a manos de sus maridos o compañeros sentimentales legítimos, mientras que en otras ocasiones, cuando supuestamente el autor está unido «para-legalmente» a la víctima, nos limitamos a clasificar el suceso bajo el paraguas del mero «crimen pasional», distorsionando los hechos reales al son del resto de datos que adornan a los autores de la convertida en ese momento en pura pantomima social; para entonces, el morbo exige explicaciones, no ya sobre el hecho constitutivo de delito -que parece estar claro-, sino sobre el supuesto secreto que víctima y agresor se han llevado a sus separadas sepulturas.
En efecto, a estos irrefutables hechos -muerte de una mujer acribillada a manos de un hombre-, la prensa se ha encargado de añadir conjeturas en torno al móvil del crimen; y para ello no ha dudado en ensañarse con la vida privada de víctima -ella- y verdugo -él-, aunque olvidando que semejantes conjeturas no vienen a poner ni a quitar nada al delito de asesinato cometido, que sigue siendo el hecho principal; recuérdese que penalmente se califica la muerte por la espalda como alevosa, pues se elimina así intencionadamente la posibilidad de defensa por parte de la víctima y, por ende, se convierte el homicidio en asesinato, castigado en nuestro Código Penal con pena de prisión de quince a veinte años, negándose, por otro lado, nuestros tribunales a admitir atenuación o exención de pena por la concurrencia de estado pasional alguno en estos supuestos en los que concurra esta concreta forma -«por la espalda»- de causar la muerte ajena.
Resaltar determinados datos relativos a la vida de la víctima -su estado civil o su edad, por ejemplo-, a la vez que se silencian los que para la opinión pública han dejado de ser interesantes respecto al agresor, no viene más que a confundirlo todo, y a victimizar al autor del delito a manos de la conducta social de su víctima; de ahí que tópicos y lamentablemente típicos como «la maté porque la quería», o «porque era mía», o «porque quería que fuera mía y no lo era», no han venido más que a justificar durante siglos la violencia hacia la mujer a manos de los hombres que han sido los encargados de poner orden moral sobre la vida de aquéllas, bajo ese soniquete de fondo del crimen pasional tachán, tachán... que parece que todo o casi todo lo diluye socialmente.
La pregunta que ello suscita es la siguiente: ¿qué es un crimen pasional? En la pluma del periodista, la expresión -de largo utilizada- no sirve más que para calificar la muerte ajena de tal forma que se confunden agresor y víctima, al subrayar los predeterminados motivos que llevaron a la producción de esos hechos; hasta el punto de que la víctima real del delito deja de ser tal, para convertirse en dueña y señora del destino de su particular verdugo. Cuando esto ocurre, la «responsabilidad social» y, con ella, el denominado «crimen pasional» de ambos, se liquida a través de derroteros ajenos a parámetro penal alguno.
La letra de la ley entiende otra cosa por semejante crimen: pasional es el delito que se realiza en un estado de obcecación, o de ira u otro semejante que hace disminuir la capacidad del autor para comprender los hechos que realiza o para comportarse de acuerdo con dicha comprensión en el caso en el que su ceguera le permita aún visionar la realidad, pero sin negar por ello la realidad del delito cometido.
En este caso, causándose a sí mismo la muerte, acabó el autor del delito con su vida y, de esta forma, extinguió su responsabilidad criminal, pero previamente acabó con la vida de ella, que en ese momento no hacía más que pasear por la carretera que conduce desde la nueva autovía hasta Alcalá de los Gazules.