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Una norma gemela en Madrid

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La Comunidad Autónoma de Madrid cuenta con una normativa semejante, pero que no tiene el rango de ley sino que se trata de una Orden de la Consejería de Medio Ambiente. El pasado mes de octubre entró en vigor esta nueva disposición que «refuerza los mecanismos de control en la compraventa de pisos protegidos usados, para evitar el fraude en las operaciones con viviendas de protección», según informó la Dirección de Medios de la Comunidad madrileña.

«El objetivo es lograr mayores garantías para que la vivienda protegida, que se ha adquirido a un precio más asequible gracias a las ayudas públicas, se venda al precio fijado oficialmente y se evite el fraude con un bien de carácter social», señaló en su día el consejero de Medio Ambiente, Mariano Zabía.

De la misma manera, el Gobierno autonómico se reserva los derechos de adquisición preferente, de tanteo y retracto, al precio oficial. Para ejercer este derecho de tanteo y retracto la Comunidad dispone de unos recursos iniciales de 350.000 euros, «con los que puede comenzar a operar en transacciones de viviendas protegida».

Al igual que en el caso andaluz, el Ejecutivo madrileño también dispone de un equipo de inspectores y de acuerdos que se han firmado con notarios y registradores, al margen de las denuncias que pueda haber de ciudadanos particulares.

También el País Vasco y otras comunidades autónomas tienen leyes semejantes para tratar de acotar el fraude.