ANDALUCÍA

La Junta ve desproporcionada la condena por el caso de la madre a la que retiró la custodia

Estudia recurrir al Constitucional la sentencia que le obliga a pagar 1,4 millones

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Desproporcionada y tardía. Estos fueron los calificativos que empleó ayer el Gobierno andaluz para calificar la sentencia que condena a la Junta de Andalucía a indemnizar con 1,4 millones de euros a la madre de los menores Iván y Sara, a la que había retirado su custodia. La Consejería para la Igualdad y Bienestar Social consideró ayer «del todo desproporcionada» la indemnización fijada por la Audiencia de Sevilla, al tiempo que la consejera Micaela Navarro, reclamó en alusión a este caso una reforma del Código Civil y de la ley procesal para establecer plazos con los que «resolver lo antes posible» los procedimientos en los que haya menores afectados. El caso llevaba en los tribunales desde 1996 y pese a ganar los procesos la madre no pudo recuperar a los hijos, salvo la niña, que quiso volver con ella en 2004.

La Junta «acata» la sentencia «con independencia de que los servicios jurídicos siguen estudiando su contenido», según informó en un comunicado. Micaela Navarro advirtió de que este caso «sienta precedentes» al ser la primera vez que ocurre, por lo que consideró «inevitable» que se lleve a cabo esa reforma legislativa.

La consejera indicó que la sentencia «deja muy claro» que el asunto de la indemnización estaba pendiente de resolución en los juzgados desde el año 2002 y que «se ha acabado resolviendo en 2006», un retraso que, en su opinión, «hay que valorar», ya que el proceso se inició en 1996 y «diez años es una eternidad en la vida de un niño».

El auto dictado por la Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Sevilla obliga a la Junta de Andalucía a pagar la cantidad de 1.400.000 euros a Carmen Fernández, la madre de los menores Iván y Sara -de 14 y 15 años en la actualidad-, declarados en desamparo y dados en adopción en septiembre de 1998 mientras la madre se encontraba en tratamiento de desintoxicación de su adicción al alcohol.

Plazo

El texto del auto recalca que dicha cantidad indemnizatoria, acordada como ejecución sustitutoria por «incidente» de anterior resolución de la Sala, en la cual obligaba a la Junta a cesar la tutela ejercida sobre los menores -pero que no pudo llevarse a cabo por sentencia del 2002 en la que se decía que era imposible que Iván volviera con su madre-, deberá ser pagada en un plazo de 20 días. Navarro justificó la decisión adoptada por la Junta en su día en que «no podemos condenar a menores a vivir indefinidamente en centros de atención y protección», porque «necesitan un entorno familiar normalizado» y que, si ese entorno no se lo puede facilitar la familia biológica, poder iniciar los trámites pertinentes para que se lo procure una familia adoptiva.

La sentencia no sólo critica la actuación de la Junta de Andalucía, sino también la del juez de familia que llevó el caso. El aludido, juez de Familia 7 de Sevilla, Francisco Serrano, coincidió con la consejera y rechazó ayer las críticas de la Audiencia Provincial contra sus resoluciones en el caso de los hermanos Iván y Sara y dijo que es necesaria una reforma de la ley para no «condenar a los niños a la institucionalización en orfelinatos».