El Fiscal General del Gobierno
Actualizado: GuardarEl Fiscal General del Estado, en cumplimiento de la función constitucional que le incumbe, decía en un escrito al Tribunal Supremo el 2 de septiembre de 2002. «No puede invocarse sin más la libertad ideológica para encontrarse tutelado por la protección que la Constitución dispensa, independientemente de las conductas y actividades que se desarrollen a su pretendido amparo ( ) Conviene no olvidar que, por muy importantes que en nuestro ordenamiento sean los derechos fundamentales y las libertades públicas, no existen derechos ilimitados». El escrito pedía la disolución de Herri Batasuna (HB), Euskal Herritarrok (EH) y Batasuna. A eso se añadieron un informe y una demanda del Gobierno al Supremo para impulsarla y una votación en el Congreso en la que la ilegalización fue aprobada por 195 votos a favor, 10 en contra y 29 abstenciones. El Supremo anuló después las listas de los herederos de Batasuna a las elecciones del 25-M a instancias de la Fiscalía y de la Abogacía del Estado. El hecho de que, entonces, el titular de la Fiscalía hubiese sido nombrado por el PP no politiza una decisión que había sido requerida por el poder Ejecutivo, por una abrumadora mayoría del poder Legislativo y por las más caracterizadas instancias del poder Judicial.
Pero la misma Fiscalía, con un titular nombrado por el PSOE, ha dicho hasta ayer que la ilegalización no suspende los derechos individuales de sus militantes. Algo que es cierto pero que está en contradicción con lo que la misma Fiscalía sostuvo bajo otro mandato, a saber, que no existen derechos ilimitados. Debe cambiar de opinión porque un Fiscal General del Estado no puede, sólo para ayudar al Gobierno, admitir sin el respaldo moral de los poderes públicos, el derecho de manifestación de quienes hacen imposible la convivencia, intimidan, coaccionan, promueven, justifican o exculpan los atentados y legitiman cualquier tipo de violencia como método para la consecución de objetivos políticos.