OPINIÓN

Reposición

Volver a poner una cosa en el lugar o estado anterior

Volver a poner una cosa en el lugar o estado anterior. También y como recurso, el que se interpone contra una resolución administrativa o judicial, presentado ante la misma autoridad que dictó el acto resolutorio, resolviendo quien ya resolvió. Si lo combinamos debidamente, tenemos Sijena en estado puro. O sea, la oposición sistemática y el recurso al fraude de Ley en materia de ejecución de resoluciones judiciales. Cientos o miles de sentencias en materia lingüística-educativas sin cumplir. Es la Generalidad supeditada al nacional-populismo-independentismo que la ha sostenido. Es el incumplimiento permanente ante la mirada atónito del Estado de Derecho. Es lo que hay. Lo peor, que hoy sigue actuando como antes. El ‘síndrome de Estocolmo’ ha hecho mella en Méndez de Vigo. Es rehén de sus propios cargos. Su puñetera casa es el lugar del que nunca debió salir, y menos a representarme a mí como español. Pero eso es lo de menos. Lo demás son los millones de españoles a los que no representa en general, incluyendo millones de catalanes que se oponen a la política nacional-independentista educativa basada en el adoctrinamiento permanente. No se pueden decir más tonterías, más incoherencias, mayor irraciocinio, rendirse al enemigo, dejar desprotegidos a quienes tienen la obligación de proteger… que este ministro que vino del corazón de Europa, donde ahora habita Puigdemont. Debe ser que Bruselas no es buen sitio para vivir y que impresiona y perturba las mentes de sus moradores. Sólo con haber impulsado la ejecución de esas cientos o miles de sentencias no ejecutadas o no ejecutadas en sus términos, hubiere prestado un gran servicio a su nación, a todos los españoles, porque su poder es el otorgado por la nación en el ejercicio de su soberanía. Lo de Sijena es sólo la última anécdota de todo su desatino. Se fundamenta la resolución en que la previsión contenida en la resolución judicial por la que se ordena el traslado de las obras de artes es «claramente insuficiente y nulo de pleno derecho». Tampoco parece conveniente indica el recurso, que la planificación del operativo del traslado quede suficientemente justificado en un folio y medio. Aquí parece que los informes se venden al peso aunque no sirvan para nada. Es evidente que los primeros interesados en que el traslado se produzca con todas las garantías son sus legítimos dueños. Hagamos auténtica memoria histórica. Todo comenzó con 4.000 pesetas. 4.000 pesetas de las de 1936. El Monasterio de Santa María de Sijena, situado a 65 kilómetros de Huesca, 90 de Lérida y 95 de Zaragoza y enclavado en zona republicana durante la Guerra Civil, ardió durante tres días y tres noches. El experto en arte catalán Josep Gudiol se enteró de la noticia y acudió financiado por la Generalitat. Y arrampló con todo lo que pudo. Al nombre de Gudiol se une el de Joan Ainaud de Lasarte, director del Museo Nacional Arte de Cataluña que en 1960 se personó en Sijena para arrancar los frescos de la sala capitular sin ningún permiso oficial. También se llevó consigo otros 50 metros cuadrados de frescos. Además, en 1970 unas monjas que habitaban en los aledaños al Monasterio de Sijena se marcharon por orden del Obispado de Lérida, al que entonces pertenecía la localidad aragonesa, para vaciar y rehabilitar el convento. Un camión de mudanzas se llevó en dos viajes decenas de estos bienes, entre ellos lo que quedaba de las obras ahora objeto de litigio. El pueblo de Sijena y el Gobierno de Aragón demandaron a la Generalidad asegurando en la demanda que se trataba de un «expolio, de un robo», y que debían regresar a su lugar de origen. La Justicia les dio la razón el verano pasado. Dijo que las pinturas se encuentran en Cataluña en régimen de depósito y que este se extingue cuando sus legítimos y originales propietarios las reclaman…Se las llevaron en un camión de mudanzas y ahora se oponen porque entienden que el traslado no se hará con todas las garantías. Que poca vergüenza tiene la Generalidad, la de antes y la de ahora.

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