Pin Parental

El artículo 27 no solo no ha sido revocado, sino que su texto ha permanecido inalterado desde su aprobación en 1978

José Cólon

Esta funcionalidad es sólo para registrados

Dice el artículo 27.3 de la Constitución Española lo siguiente: “Los poderes públicos garantizan el derecho que asiste a los padres para que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones”.

El mentado artículo 27, que ... contiene 10 apartados, no dice en ninguno de ellos que ese derecho se circunscriba a escuelas religiosas, privadas o de cualquier otra índole. Tampoco preceptúa que la formación religiosa o moral se adecúe a ninguna fe religiosa o corriente de pensamiento. Se refiere a la Educación -como concepto general y mayúsculo- acorde con las convicciones de quienes traen los niños al mundo, los cuidan, custodian y protegen y son responsables de sus tropelías hasta que cumplan la mayoría de edad.

Artículo solo para registrados

Lee gratis el contenido completo

Regístrate
Comentarios
0
Comparte esta noticia por correo electrónico

*Campos obligatorios

Algunos campos contienen errores

Tu mensaje se ha enviado con éxito

Reporta un error en esta noticia

*Campos obligatorios

Algunos campos contienen errores

Tu mensaje se ha enviado con éxito

Muchas gracias por tu participación