Fernando Sicre
Insolidarios, incumplidores, insumisos, in...
La coerción en España es de dudoso valor como fundamento del ordenamiento jurídico
Insensatos, inaceptables, incapacitados e ingratos. Podríamos seguir, pero no es plan. Hace días el Ministro de Hacienda manifestó que metería en cintura a las autonomías que no cumplan con el déficit. Lo dijo a los pocos día de la peculiar reunión en el aeropuerto del Prat entre de Guindos y Junqueras, permitiendo de esa forma la continuidad de la actitud golpista del parlamento catalán, haciendo caso omiso a la legislación vigente, también para ellos. Y con la pretensión de independizarse del país que le sirve de puntal financiero. La coerción en España es de dudoso valor como fundamento del ordenamiento jurídico. Los incumplimientos del Derecho de manera constante, no solo por la Generalidad Catalana, sino por casi todas las autonomías, sin dudas en aspectos relacionados con el déficit público, exigen otorgar al Derecho el lugar que se merece en un Estado de Derecho, como no podía ser de otra forma. A principios de la legislatura se promulgó la Ley 2/2012, de estabilidad presupuestaria, para que el conjunto de las Administraciones controlasen el gasto y se ajustaran a las directrices de déficit marcado por el Gobierno de la nación. Además, la cuestión había sido previamente constitucionalizada en época de ZP, con el acuerdo del PP, modificando de un día para otro el artículo 135 de la Constitución. El Tribunal Constitucional ha resuelto en siete ocasiones sobre la constitucionalidad de la Ley 2/2012, aseverando que la estabilidad presupuestaria y el control del déficit público, son principios constitucionales que constituyen un «nuevo canon de constitucionalidad». El primer año de vigencia de la Ley funcionó, en tanto las CC.AA entendieron que sus incumplimientos a la norma serían objeto de sanción. Desde entonces se ha vuelto a incumplir de manera constante y por casi todas. Y eso que los mecanismos de control previstos eran teóricamente los adecuados y necesarios: medidas preventivas, correctivas, coercitivas y en casos de extrema gravedad, la adopción de medidas de ejecución forzosa. Se llega a la conclusión considerando lo acontecido en estos años, que las CC.AA no asumen el control del déficit, pero tampoco el Estado quiere hacer efectiva la Ley y controlar que se cumpla lo prevenido en la Ley.
Sí realmente no queremos ser insolidarios en el contexto de la UE, ni tampoco incumplidores, insumisos, ingratos…debemos por encima de todo cumplir y asumir nuestros compromisos. Las leyes están para cumplirlas y la negativa a su cumplimento mediando publicidad y alevosía por los cargos públicos, debiera suponer de manera inmediata la intervención de la Fiscalía. Pero, volviendo al déficit, las preguntas que subyacen son las siguientes: ¿Existe solución para el déficit? ¿Están capacitados los políticos españoles para la gestión razonable de la cosa económica? ¿Se vale la clase política de la falta de preparación manifiesta de una buena parte de la población, que se ve condicionada en la formación de su voto por políticas populistas?... La respuesta es clara. Los políticos españoles por lo general padecen inconsistencia intelectual y arrastran al pueblo sumiéndolos en la desorientación, para condicionar la formación de su voluntad. No se explica que con crecimiento superior al 3%, incurramos en un déficit del 5,2%. ¿Nadie se plantea lo que ocurrirá cuando cambien las condiciones de financiación de las Administraciones, hoy a tipos de interés cercanos al 0%? Debiera resucitar Schumpeter, que tuvo a bien analizar el papel asumido por el Estado en la provisión de nuevos servicios públicos y la contradicción generada por el ciudadano que exige más y más en relación con esa provisión, sin estar dispuesto a soportar mayor presión fiscal. Lo que procede pues, es la drástica reducción del gasto público. Y esa es la responsabilidad política económico-financiera prioritaria del momento.