Consentimiento informado
Nunca será suficiente el insistir en la importancia de la vacunación, de la rápida vacunación, del mayor número de personas posibles
La vacunación por fin ha cogido velocidad de crucero y parece que en un par de meses alcanzaremos la inmunidad de grupo. Desgraciadamente no ocurre lo mismo en muchos otros países, en lugares mucho menos afortunados que nuestro primer mundo, en los que el virus ... sigue campando a sus anchas. Nunca será suficiente el insistir en la importancia de la vacunación, de la rápida vacunación, del mayor número de personas posibles. La administración de las vacunas, de todas ellas, en millones de personas ha demostrado su eficacia, reduciendo el número de fallecimientos y de hospitalizaciones, por lo que no hay que darle oportunidad al virus a que contraataque, mutando, a la ofensiva vacunal en todos los países de este mundo global.
En nuestro caso parece que la estrategia vacunal progresa adecuadamente, aunque parece también que el largo estado de alarma ha terminado por trastocarnos a todos y en todo. Lo último, el cacao montado injustificadamente con las segundas dosis de vacunas a los menores de 60 años, con la consecuente desconfianza generada entre el personal. Un vodevil que ha terminado en la obligatoriedad de firmar un consentimiento informado para vacunarse con una pauta aprobada por todas las agencias sanitarias, incluida la española, pero no hacerlo para otras pautas diferentes, ni para grupos de edad limítrofes con el afectado. Con esto del estado de alarma, y lo que se puede o no se puede hacer, parece que nos hemos olvidado, el ministerio el primero, de que hay leyes que nunca han dejado de estar vigentes, por la sencilla razón de que no tienen nada que ver con las limitaciones derivadas de un estado de alarma.
Una de ellas es la Ley 41/2002, reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica. Es una Ley que defiende los derechos de los pacientes, que nos trata como a personas, no como a rebaño y que sigue vigente, por mucho estado de alarma en el que pudiéramos encontrarnos.
Una ley que dice que toda actuación en el ámbito de la sanidad requiere del previo consentimiento del paciente o usuario, una vez que ha recibido la información adecuada, para poder así decidir, consciente y libremente, sobre las distintas opciones clínicas disponibles.
Hay muchísimos ejemplos de actuaciones en las que, aunque los posibles efectos nocivos secundarios sean mínimos o extraordinarios, el paciente tiene derecho a conocerlos porque el riesgo cero no existe, ni en salud ni en cualquier otro ámbito de la vida. Todos los años, cuando nos vacunamos de la gripe, firmamos nuestro consentimiento aún cuando las probabilidades de un efecto adverso sean ínfimas.
La Ley no ha cambiado y sigue vigente cuando nos vacunamos contra el coronavirus, con cualquiera de las pautas aprobadas por la Agencia Europea del Medicamento y tengamos la edad que tengamos. Pero aquí resulta que el consentimiento informado varía según si uno tiene 59 años o ha cumplido los 60, o que el riesgo es absolutamente cero para según que otras pautas.
O bien todo esto es un nuevo efecto del ‘long Covid’ o las consecuencias del estado de alarma van mucho más allá de lo que podíamos imaginar. Habrá que encargarle al CSIC otro nuevo estudio para analizar las causas del descontrol.