'Verum libertatem iudiciariam'
El Gobierno ha diseñado una ruta para hacerse con el control del Tribunal Constitucional que comienza en 2021
La verdadera independencia del poder judicial es el bien jurídico al que debe aspirar todo Estado de Derecho. Y España es un Estado de Derecho, al menos eso es lo que dice la Constitución (CE). Comienza el texto constitucional diciendo que «España se constituye en ... un Estado de Derecho, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico… La Justicia». El Gobierno ha diseñado una ruta para hacerse con el control del Tribunal Constitucional que comienza en 2021, prohibiendo al órgano de gobierno de los jueces (CGPJ) realizar nombramientos discrecionales en la cúpula judicial, estando en funciones, situación en la que se encuentra desde diciembre de 2018. Ahora, en julio de 2022, retuerce lo aprobado en 2021, para posibilitar que el CGPJ nombre a los dos magistrados que le corresponden del tercio de renovación que se encuentra pendiente y que, con los otros dos miembros a nombrar por el Gobierno, sumen los cuatro magistrados del tercio de renovación correspondiente.
Todo este entuerto políticojudicial es debido a la concepción autocrática del poder que tiene el inefable 'Snchz'. La concentración del poder en él mismo, tiene por finalidad que, sus acciones y decisiones no estén sujetas, ni a restricciones legales externas, ni a mecanismos regulativos de control judicial interno. La autocracia está implícita en las monarquías absolutas y las dictaduras. Autócrata por excelencia era el Zar Nicolás II que, oficialmente se llamaba «autócrata» como parte de sus títulos. Y todo ello me hace pensar que, el presidente del Gobierno, aspira a representar a España en las exequias por Isabel II, que lo será por el Jefe del Estado. Menos mal que el Rey Felipe sigue siendo Jefe del Estado y espero que así sea por largo tiempo ¡Dios mío, larga vida al Rey! Si nos atenemos al concepto de autócrata, 'Cum fraude' se erige en candidato a ser recordado como tal. Él pretende tener la potestad absoluta de regular leyes y reglamentos (el uso y abuso del Real Decreto-Ley, ahora el asalto a la Justicia) quedando desvirtuado el régimen democrático parlamentario, que pierde su esencia y se convierte en un estercolero político a conveniencia y pretende que sus acólitos seguidores y los que no lo somos, atienden a sus órdenes sin más. Todo lo contrario de lo que marcan los sistemas de frenos y contrapesos al poder instituido, previstos en las Constituciones liberales y democráticas.
Pero el problema arranca en 1985 con el Sr. X a la cabeza del Gobierno y el hermano del hermanísimo sentenciando de muerte a Montesquieu. El artículo 122.3 CE dice que «el Consejo General del Poder Judicial estará integrado por el Presidente del Tribunal Supremo, que lo presidirá, y por veinte miembros. De éstos, doce entre jueces y magistrados de todas las categorías judiciales, cuatro a propuesta del Congreso de los Diputados, y cuatro a propuesta del Senado, elegidos en ambos casos por mayoría de tres quintos de sus miembros, entre abogados y otros juristas». Pues bien, González y Guerra sentenciaron de muerte al órgano de gobierno judicial.
Se promulgaba entonces la Ley Orgánica del Poder Judicial. Una sentencia del TC dictada en 1986 decretó que era constitucional la designación de los miembros del CGPJ sólo por los diputados electos, sin la participación de jueces y magistrados. De donde podemos advertir un «tendencioso incumplimiento» de una norma elemental del derecho, sobre interpretación de estas, prevista en el artículo 3 Código Civil que dice que, «las normas se interpretarán según el sentido propio de sus palabras, en relación con el contexto… Atendiendo fundamentalmente al espíritu y finalidad de aquellas».
¿Alguien tiene algún tipo de dudas sobre el contenido del artículo 122.3 CE? Mayor claridad expositiva del texto es imposible. Hasta hoy el PP ha sido cómplice de esta situación. Fue intentado enmendarlo por Ciudadanos y UPyD. El Tribunal Supremo declaró la inadmisión del recurso del grupo parlamentario UPyD y su portavoz, Rosa Díez, contra los decretos de los nombramientos de los 20 vocales del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) y el de Carlos Lesmes como presidente del TS y el CGPJ. En lo concerniente a la designación los vocales, el auto señala que son actos de naturaleza parlamentaria no fiscalizables para la jurisdicción contencioso administrativa. La Sala Tercera señaló que ello no supone crear un ámbito de inmunidad de control, ya que el Estado de Derecho diseña una tupida red de controles adecuados a la naturaleza de cada actividad. Continuó el auto diciendo que, en lo concerniente al nombramiento del presidente del Tribunal Supremo que, al menos en ciertos aspectos, el decreto sí está sujeto a su control jurisdiccional. Pero añade que los recurrentes no tienen relación o nexo legitimador para fundar su impugnación. Para que ustedes lo sepan, Rosa Díez fue condenada en costas (2000 €).
No sólo el TC, sino también el TS, arrastran un desprestigiado modo de impartir justicia. Y este desprestigio es fruto de la falta de ética de los partidos políticos, de los magistrados y juristas de reconocido prestigio que componen el órgano de gobierno del CGPJ. Sólo nos queda el Rey en defensa del Estado. Ni el TS, ni el TC son de fiar. Por eso invoco nuevamente ¡Dios mío, larga vida al Rey! Y le digo a Dios, ten cuidado que 'Snchz' pretende no sólo el puesto de Jefe del Estado, sino el tuyo también.