Opinión

Fraude millonario, y peor aún, abuso de poder

El Real Decreto-ley 10/2010, se aprobó de urgencias para obviar el rescate al que España estaba abocada, exigiendo no sólo Europa, sino también los EE.UU. reformas estructurales

Les decía la semana pasa que había tenido la paciencia de leer los 1205 folios de la STS del caso ERE. La del TC no ha salido aún, salvo las filtraciones interesadas que aparecen en la prensa. De igual forma he leído el la STS ... de 17 de febrero de 2012 de la Sala de lo Contencioso que enjuiciaba un Expediente de Regulación de Empleo que había sido denegado en la instancia ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía que resolvía la falta de autorización en la instancia administrativa (Consejería de empleo de la Junta de Andalucía: Delegación de Empleo de Málaga primero y Dirección General de empleo que resolvía el recurso contra la resolución en la instancia administrativa, denegando la autorización para extinguir los contratos de los trabajadores de la empresas debido a la situación de crisis que atravesaba la empresa cuando inició el ERE, hoy despido colectivo). Conocía el caso por haberlo leído en el N.º 47 de la Revista General de Derecho Administrativo.

Hablamos del fraude y de la corrupción existente en Andalucía hasta mediados de la segunda década del presente siglo en materia de empleo: ERE´s, Faffe, Formación…Peor que el fraude relacionado con el empleo irregular del dinero público por todos conocido y confirmado por el TS, mucho peor que eso fue la forma de gestionar los Expedientes de Regulación de Empleo desde su existencia primigenia en el artículo 51 del Estatuto de los Trabajadores, que exigían la previa autorización de la Autoridad Laboral para proceder a los despidos colectivos por crisis empresariales, debido a razones económicas, organizativas, técnicas y productivas. Este sistema se mantuvo hasta 2012, cuando Europa exigió previamente al ínclito de la Moncloa entonces, el inefable ZP, para que adoptara los mayores recortes habidos en la época democrática y, en ese contexto se iniciaba el proceso para hacer desaparecer la autorización administrativa previa, que sería hecho realidad en 2012 (Ley 3/2012). Una reforma en profundidad consistente en la desaparición del requisito de la previa autorización administrativa, para adoptarse por el empresario en caso de desacuerdo superado el período de consulta, la decisión extintiva de los contratos de trabajo por el empresario, siendo la decisión inmediatamente ejecutiva y, contra la decisión extintiva los trabajadores, bien individualmente o colectivamente (a través de sus representantes legales) podían recurrir dicha decisión empresarial ante el Orden jurisdiccional Social desde 2011.

El Real Decreto-ley 10/2010, se aprobó de urgencias para obviar el rescate al que España estaba abocada, exigiendo no sólo Europa, sino también los EE.UU. reformas estructurales, dado la debacle económico-financiera a la que nos había llevado el de la Champions League de la economía. Otro mentiroso como el que ahora tenemos en el gobierno, que miente por defecto. El RD-Ley se tramitó como Proyecto de Ley y se aprobó la primera reforma laboral importante con la Ley 35/2010. En esta se reducían las cantidades a abonar por las empresas en caso de extinción por despidos. Además, y esto es lo que importa en el análisis del articulo que expongo en cuestión, se perseguía con ello reforzar la causalidad de la extinción de los contratos de trabajo. Y, por último, la reforma de 2012 decide la desaparición de la autorización administrativa previa para proceder a los despidos colectivos.

Pues bien, había quedado demostrado que las Autoridades Laborales eran y siguen siendo cargos políticos de libre designación, que en el caso de la Junta de Andalucía no se exigía ser funcionario para su dotación. Desde 1980, año de promulgación del ET y hasta 2012, se ha venido observando la prevalencia resolutoria por razones de oportunidad política, sobre las razones legales que suponen la mera acreditación de las causas que se invoquen en el procedimiento. La crisis económica que arranca en 2007, cuando ZP se negaba a decir la verdad (creo que el PSOE tienen un conflicto ético y estético con la verdad), puso de manifiesto la vulnerabilidad de la economía española y la insostenibilidad económica y social del modelo económico. Miren, para crear un mercado dinámico y con garantías, es necesario que los procesos de desvinculación del trabajador por despidos se ajusten exclusivamente a la acreditación de las causas. Este problema ha existido en toda España, pero se ha visto agravado en Andalucía.

En Andalucía, el período de gobierno del PSOE en la Junta ha supuesto la existencia de unas circunstancias muy especiales en la Consejería de empleo. Una gran parte de los cargos de libre designación han tenido la doble adscripción de afiliado al PSOE y a la UGT. El caso ERE, supuso un período en los que la Junta dispuso de fondos para financiar situaciones relacionadas con crisis empresariales. La cuestión es la siguiente y esto que digo está recogido en infinidad de artículos doctrinales y dictámenes de público conocimiento. ¿Todas las empresas en crisis durante el período 2000 hasta 2011 tuvieron las mismas oportunidades de acceso a ajustar sus plantillas o cerrar sus instalaciones en igualdad de condiciones? Dicho de otra forma, ¿se garantizó el derecho a no arruinarse al empresario por una aplicación legal de la norma sobre expedientes de regulación de empleo? ¿Se aplicaron criterios de oportunidad políticas o razones legales de mera acreditación de las causas objetivas determinadas en la Ley? Las respuestas a estas preguntas son en el fondo mucho más importantes que el propio modelo examinado de concesión de ayudas en virtud de las partidas 22 E (años 2000 a 2002) y 31 L (años 2003 a 2011), originadoras del mayor fraude en nuestro país en la concesión de ayudas públicas.

En síntesis, la situación era la siguiente. Los sindicatos acordaban con determinadas empresas la conveniencia de tramitar un ERE. Lo acordaban previamente y el empresario iniciaba el procedimiento. El procedimiento iba acompañado en este caso determinados efectos financieros (Ayudas ERE´s) Sólo accedían a las ayudas los expedientes acordados y dirigidos desde la Consejería o por los sindicatos. En mi opinión este fue el gran fraude de todo el período socialista en el poder. Mucho más grave que el de las ayudas en sí, aunque sin minimizar este.

Comenzaba el primer párrafo invocando una STS de 17 de febrero de 2012. ¿Se «ayudaron» a todos por igual? Sin embargo, aquellas empresas en crisis que no podía acreditar ese acuerdo, que en ningún caso es preceptivo, eran desautorizados, provocando muchas veces la ruina del empresario. Otra STS de 2015 corroboraba la de la anterior. Y como esta muchas más. En todas estas sentencias se alude a un supuesto de desautorización de la pretensión extintiva del empresario por la Consejería de Empleo de la Junta y que en las que TS accede a considerar que existían las causas y por ende la facultad de despedir. Ya era tarde, porque la empresa había zozobrado y el empresario arruinado. Es curioso que el sistema durase hasta 2011, al año siguiente desaparece la autorización previa, impuesta por la UE desde 2010. Se les acaba el chiringuito montado y el Régimen comenzaba su declinar.

Manolito como lo llaman sus camaradas en Cádiz, también tenía la doble condición PSOE-UGT. Yo no lo llamo así, porque no lo conozco. Ha optado por defenderse atacando. Dice que ayudaron a más de 6000 personas. Muchas de ellas intrusos y casi siempre apegados a las siglas. Pero, de lo que no hay dudas es en la situación de abuso de poder generalizado en la Consejería de Empleo, en las resoluciones y tramitación, porque se utilizó el poder con la finalidad política de «ayudar» a los escogidos, no a los que en derecho (acreditación de las causas y resolución amparada en razones de legalidad y no de oportunidad política) posiblemente le hubieran correspondido. Por eso D. Manuel, borrado de la faz de la Tierra durante los últimos años de la Historia de España y por mor del Tribunal o al menos así lo llaman, de los candiditos y maricholes, en su regreso al Mundo le digo que Ud. dirigió una Administración sumida en el fraude y por ende en la corrupción. Espada, su camarada hace ahora de maestro de ceremonias para su santificación leyendo un escrito redactado en Word. ¿Por qué será? Éste, el Secretario General, me da la impresión de que no es conocedor de lo jodido que es el dichoso corrector. Deben enseñarle a Ud. su uso correcto y creo que tiene muy cerca quien lo puede hacer.

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