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tribuna abierta

No es violación: ¡Es abuso!

Unidas Podemos desconoce la severidad del despectivamente llamado, y hasta hace poco vigente, «Código Penal de La Manada»

Enrique Gimbernat

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Las rebajas de las penas (más de 900) a delincuentes sexuales, ordenadas por los tribunales españoles en los últimos meses y, en numerosos casos, sus excarcelaciones (más de 100) no pueden entenderse sin tener en cuenta la -en abierta contradicción con la jurisprudencia del Tribunal ... Supremo (TS) establecida para esta clase de delitos- lamentable sentencia 38/2018, dictada por la Sección 2ª de la Audiencia Provincial de Navarra (APN) (caso La Manada) y confirmada en apelación, si bien por mayoría de tres votos contra dos, por el Tribunal Superior de Justicia de Navarra, que condenó a los cinco acusados a nueve años de prisión por cinco delitos continuados de abuso sexual por prevalimiento de los hoy derogados arts. 181.3 en relación con el 182.2 del Código Penal (CP), y no, y tal como habían solicitado todas las acusaciones, por la violación que, antes de la reforma por la ley del «sólo sí es sí» [Ley Orgánica (LO) 10/2022] se castigaba en el art. 179; ni pueden entenderse esas rebajas de penas y esas excarcelaciones sin tener en cuenta, igualmente, las numerosas manifestaciones que, a raíz de la publicación de la sentencia de la APN, y promovidas por organizaciones feministas, se produjeron en Pamplona y en otras ciudades españolas en las que, entre otros eslóganes, se profirieron los de: «no es abuso: ¡es violación!» y de: «sólo sí es sí».

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