Editorial ABC
La justicia alemana se queda muy corta
Es un serio contratiempo principalmente político, que, si desemboca en la investidura de Puigdemont, puede suponer la inutilización del artículo 155
La decisión del tribunal del estado alemán de Schleswig-Holstein de admitir la entrega de Carles Puigdemont a España sólo por el delito de malversación, implicaría que el expresidente catalán no podrá ser juzgado por el Tribunal Supremo por el delito de rebelión por el que fue procesado. La resolución judicial se aparta del criterio mantenido por la fiscalía alemana, partidaria, sin ningún género de dudas, de entregar a Puigdemont por los dos delitos. El tribunal ha considerado que los hechos imputados a Carles Puigdemont no serían considerados delito de traición en Alemania al faltarles el requisito de la violencia. La posibilidad de que esta decisión sea modificada el Tribunal Constitucional dependerá de que la fiscalía alemana presente un recurso, pero lo más razonable es asumir que la responsabilidad penal de Puigdemont quedará limitada, en caso de condena y en el peor de los casos, a seis años de prisión, pero con una inhabilitación que puede llegar a diez años. Por tanto, el Estado español sufre un revés inesperado, después del apoyo de la fiscalía germana, aunque eso no evitará que Puigdemont siga procesado por malversación de fondos públicos, mientras sus compañeros de aventura separatista mantienen el riesgo de sufrir condenas a largas penas de prisión por el delito de rebelión. Las consecuencias políticas de la nueva situación de Puigdemont pueden también proyectarse sobre la presidencia de la Generalitat, dado que sin procesamiento por rebelión, no hay suspensión cautelar de funciones públicas y sólo la prisión provisional podría evitar la investidura del expresidente catalán.
Ahora también es momento de preguntarse qué está pasando con los intereses españoles ante los tribunales extranjeros. Desde que comenzó el proceso separatista, el Gobierno español ha ganado el pulso a los separatistas en los pasillos de las cancillerías, pero lo ha perdido en las opiniones públicas, los medios de comunicación y los foros de debate. En otras cuestiones, la posición española también ha salido malparada judicialmente, como ha sucedido con diversas resoluciones del Tribunal Europeo de Derechos Humanos. La acción judicial en tribunales internacionales y europeos nunca es una estrategia aislada de otras también necesarias para dar fortaleza a los argumentos legales. A veces, los intereses del Estado se juegan en varias pistas al mismo tiempo. En el caso catalán ha habido una apuesta preferente y casi exclusiva por la intervención de los Tribunales, hasta la aplicación in extremis y muy limitada del artículo 155 y en parte para cubrir después sus carencias.
El Gobierno no debe desentenderse de lo sucedido ante el tribunal de Schleswig-Holstein como si fuera sólo una mera cuestión entre jueces. Es un serio contratiempo principalmente político, que, si desemboca en la investidura de Carles Puigdemont, puede suponer la inutilización del artículo 155.