Editorial ABC
El «gesto» torcido de la Abogacía
La Abogacía del Estado ha querido cuadrar el círculo, afirmando una cosa y su contraria, y sólo ha conseguido dejar un reguero de sospechas
La Abogacía del Estado presentó ayer ante el Tribunal Supremo un escrito sobre la situación de Junqueras con el que quiere estar a bien con todo el mundo y, por esto mismo, acaba incurriendo en una serie de contradicciones insuperables. Su conclusión principal, a la que sirve todo el razonamiento firmado por Rosa María Seoane López, representante de la Abogacía del Estado en el juicio del 1-O, es que Junqueras tiene inmunidad y derecho a acudir al Parlamento Europeo a recoger sus credenciales y participar en la vida parlamentaria de la Cámara. Sin embargo, el matiz viene enseguida, porque la Abogacía del Estado pide al Supremo que solicite a la Eurocámara inmediatamente el levantamiento de la inmunidad; incluso contempla la posibilidad de que la Junta Electoral Central comunique al Parlamento europeo que Junqueras no puede ser eurodiputado porque tiene una condena firme a pena de prisión.
Esto último es, precisamente, el argumento que la Abogacía soslaya con un razonamiento muy aparatoso en su formulación técnica, pero sin suficiente solidez frente a un análisis de sentido común. Un condenado en firme a pena de prisión no tiene acta parlamentaria ninguna que recoger. Está inhabilitado por mandato imperativo de la sentencia firme y según el artículo 6.2 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General, de manera que a la Junta Electoral Central sólo le corresponde comunicar este hecho -la condena firme- al Parlamento europeo, sin entrar en otras valoraciones. Sería impensable que un órgano administrativo, como la Junta Electoral Central, no se atuviera a una sentencia firme de la Sala Segunda del Tribunal Supremo.
Resulta preocupante que la Abogacía del Estado pretenda convertir a la Sala Segunda del Tribunal Supremo en un órgano tutelado desde Bruselas, cuando la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE pone en manos del Alto Tribunal español la decisión última sobre Junqueras, que deberá basarse en la legislación española. Además, no tiene sentido que la Abogacía del Estado afirme a los cuatro vientos que tanto el proceso como la sentencia contra Junqueras son impecables y, al mismo tiempo, defienda dejar en suspenso la ejecución de la condena por una inmunidad parlamentaria incompatible con esa misma condena.
Y, al margen de valoraciones jurídicas, la presencia de Junqueras en el Parlamento europeo sería una humillación para el Estado español, un insulto al Tribunal Supremo y la renuncia a defender las órdenes europeas de detención contra Puigdemont y el resto de fugados. Nadie en Europa entendería que desde España mandáramos a Bruselas a un condenado, mientras pedimos que manden a España a un banda de prófugos. Quizá este escrito fuera el «gesto» que quería ERC, pero la Abogacía ha querido cuadrar el círculo, afirmando una cosa y su contraria, y sólo ha conseguido dejar un reguero de sospechas a su paso.