Editorial ABC

Deliveroo y sus falsos autónomos

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Cada vez son más las sentencias que condenan a las plataformas de envío a domicilio por vulnerar la regulación laboral al emplear como repartidores a falsos autónomos, aprovechando las lagunas de la ley, pero el fallo conocido ayer bien podría marcar un antes y un después por el número de afectados y la contundencia de los argumentos esgrimidos. Un juzgado acaba de dar la razón a la Tesorería de la Seguridad Social al señalar que los quinientos repartidores que trabajaban para Deliveroo en Madrid entre finales de 2015 y mediados de 2017 lo hacían como «falsos autónomos», ahorrándose así el correspondiente pago de las cotizaciones sociales. Entre otros puntos importantes, la sentencia deja claro que los ciclistas, lejos de prestar este servicio de forma autónoma, dependían por completo de la empresa para organizar y realizar su actividad, hasta el punto de fijar su retribución, imponer sanciones en caso de rechazar pedidos, establecer zonas de recogida e incluso gestionar las propinas obtenidas.

Es evidente que Deliveroo, al igual que otras compañías del gremio, no se limita a contratar un mero servicio de transporte, sino que fragua una auténtica relación laboral con sus repartidores sobre la base de unas condiciones muy concretas, lo cual los convierte en trabajadores por cuenta ajena. Pese a ello, existen otras sentencias que los califican como autónomos, de modo que urge un cambio legislativo para evitar los vacíos que amparan esta actividad irregular. El empleo de falsos autónomos por parte de esta y otras empresas vinculadas a la economía digital constituye, en primer lugar, un fraude a la Seguridad Social por valor de cientos de millones de euros, pero también un abuso hacia miles de trabajadores que no pueden disfrutar de los derechos laborales que les corresponden por ley.

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