Editorial ABC
Un crimen que obliga a reflexionar
Es necesario revisar el sistema de penas vigente o, quizá, su forma de aplicarlo, porque algo falla si el Chicle estaba en libertad cuando tenía una condena por narcotráfico pendiente de cumplir
![Los vecinos de Rianxo, durante el minuto de silencio guardado en señal de dolor y repulsa tras producirse el desenlace del caso Diana Quer](https://s3.abcstatics.com/media/opinion/2018/01/02/caso-diana-quer-k05--1240x698@abc.jpg)
Cuando el titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº1 de Ribeira acordó archivar con carácter provisional la investigación sobre la desaparición de Diana Quer , al mismo tiempo ordenó mantener «la necesaria continuación de la investigación policial». Tanto el juez de instrucción como los investigadores de la Guardia Civil eran conscientes de que el presunto homicida se encontrada entre las decenas de sospechosos que los agentes de la Benemérita había interrogado desde que desapareció la joven. Y así ha sucedido. José Enrique Albuín, alias «el Chicle» , estaba en cabeza de la lista de sospechosos. Albuín quiso repetir un crimen similar con otra víctima en la noche de Navidad, pero falló. La Guardia Civil lo detuvo y, tras la declaración de su esposa, todos los indicios confluyeron en el Chicle, quien acabó reconociendo su crimen y llevando a los agentes de la Guardia Civil hasta la fábrica abandonada donde arrojó el cadáver de Diana Quer.
José Enrique Abuín no era un desconocido para la Policía ni para los jueces. Acumulaba detenciones, denuncias y una condena por narcotráfico pendiente de cumplir. La eficaz actuación de la Guardia Civil no exime a la sociedad y a los poderes públicos de analizar los motivos que permiten a un sujeto como Abuín andar sin trabas mientras siembra su vida de delitos y riesgos para los demás. España es, paradójicamente, uno de los países europeos con la tasa de población penitenciara más alta. Y, sin embargo, la sensación de insatisfacción en la opinión pública con la respuesta penal del Estado es incuestionable. Sin duda es necesario revisar el sistema de penas vigente en España o, quizá, su forma de aplicarlo, porque algo falla si el Chicle estaba en libertad cuando tenía una condena por narcotráfico pendiente de cumplir. No hay que caer en la demagogia de acusar a jueces o fiscales por la situación de libertad de este sujeto o de otros en similares circunstancias. El derecho penal está muy encorsetado por ciertos rigores académicos -que en seguida salen a la luz con el manifiesto «de abajo firmantes» oportuno- que, sin responder necesariamente a garantías constitucionales, impiden una adecuada valoración de la peligrosidad objetiva de ciertos sujetos; peligrosidad que va más allá de la gravedad del delito cometido. En estos momentos no hay forma legal de abordar esta cuestión.
En el reverso de la situación, la oposición parlamentaria no duda en dirigir sus iniciativas contra la prisión permanente revisable introducida en el Código Penal en 2015. Una pena generalizada en toda la UE y que el Gobierno de Rajoy incorporó acertadamente al sistema punitivo de manera limitada y prudente; tanto que probablemente no afectará a el Chicle si se confirma que la muerte de Diana fue homicidio y no asesinato, y que no hubo violación. O por excesos o por defectos, hay que equilibrar el sistema penal y hacerlo más disuasorio y firme.