EDITORIAL ABC
Condena merecida al separatismo
La decisión judicial vale más por lo que representa de cara al futuro que por el efecto punitivo en Artur Mas y sus cooperadoras necesarias en el delito de desobediencia
El proceso separatista en Cataluña ya tiene su primera sentencia de condena penal. El Tribunal Superior de Justicia de esta comunidad hizo público el fallo en el que impone a Artur Mas, a Irene Rigau y a Joana Ortega penas de inhabilitación por desobedecer la providencia del Tribunal Constitucional que suspendió el referéndum del 9-N . La sentencia absuelve a los acusados del delito de prevaricación, que lo considera implícito en la desobediencia, y por eso les impone unas cortas penas de inhabilitación. La decisión judicial vale más por lo que representa de cara al futuro que por el efecto punitivo en Mas y sus cooperadoras necesarias. Es el primer antecedente por responsabilidades derivadas del proceso separatista y avisa a futuros implicados en nuevos intentos secesionistas de que, como mínimo, se exponen a la misma responsabilidad penal. Ya todos los dirigentes separatistas están advertidos . Ninguno puede refugiarse en la duda sobre lo que dice el TC, en los voluntarios del proceso participativo, en la mentira de la consulta «democrática», ni en ninguna de las demás estrafalarias defensas que el TSJ de Cataluña ha desarmado, una por una, para condenar a Artur Mas a dos años de inhabilitación. El proceso separatista es delito y se merece el Código Penal.
La sentencia aclara que el fiscal no persiguió que se sacaran las urnas a la calle , sino la desobediencia al TC, algo muy sencillo de entender, incluso por el separatistismo. Y también precisa que el 9-N fue una vulneración del Estado de Derecho y del orden constitucional. En los próximos días se conocerá la sentencia del Supremo sobre Francesc Homs , acusado por los mismos delitos. Lo que diga la Sala Segunda sobre Homs anunciará a Mas el destino de su recurso de casación, al que seguirán el de amparo ante el TC y una demanda por lesión de derechos fundamentales ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos. Artur Mas busca dilatar lo más posible la firmeza de su condena, pero la Ley Electoral General impide que se presenten como candidatos aquellas personas condenadas, aunque sea por sentencia no firme, por delitos contra la Administración Pública, como es su caso.
La Fiscalía General, dirigida entonces por Eduardo Torres-Dulce, acertó, aunque haya sido parcialmente, al imponer la presentación de la querella contra Mas y sus cooperadoras necesarias, en contra del criterio de la Junta de Fiscales de Cataluña. El camino se despeja para que el Estado de Derecho derrote el proceso separatista y el Gobierno se carga de razones para, llegado el caso, pedir al Senado la aplicación de medidas especiales de protección constitucional. Es decir, el artículo 155 de la Constitución.
Noticias relacionadas