Incendios forestales

Un tecnicismo deja fuera a Alcaracejos de la declaración de zona catastrófica, que sí logra Villaharta

El Consejo de Ministros aprueba ayudas para paliar los daños por los fuegos forestales a aquellos lugares donde se haya declarado el nivel de emergencia 1 o 2; algo que no ocurrió en Alacaracejos pese a las 610 hectáreas arrasadas

Nave agrícola afectada por las las llamas en el incendio de Alcaracejos Quercus
David Jurado

David Jurado

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El Consejo de Ministros ha acordado hoy declarar zonas afectadas gravemente por emergencias de protección civil (Zaepc) cinco provincias andaluzas (Granada, Sevilla, Córdoba, Cádiz y Huelva) que este verano han sufrido importantes incendios forestales .

La medida, muy esperada, ha sentado como un jarro de agua fría en la localidad de Alcaracejos al ser conocedores que han quedados excluidos de esta declaración por un criterio técnico, ya que estas ayudas estatales serán concedidas a aquellas zonas que hayan sido declaradas por las adminstraciones autonómicas correspondientes dentro los niveles de emergencia 1 o 2 . Según este criterio, Villaharta queda dentro de la declaración de zona catastrófica, pero no así Alcaracejos, que sólo se quedó en el nivel 0 pese a ser el incendio forestal más grave en la provincia desde 2007 con más de 610 hectáreas arrasadas .

En todos los casos, estos incendios alcanzaron tal gravedad que las administraciones competentes (las comunidades autónomas) se vieron obligadas a activar sus respectivos planes de protección en una situación operativa de entidad (niveles 1 o 2), tal y como establece el Plan Estatal General de Emergencias (Plegem) aprobado el pasado 15 de diciembre por el Gobierno para acceder a la declaración de Zaepc.

Las áreas de Andalucía declaradas Zaepc, según un comunicado, son las afectadas por los incendios registrados en Jun , Taha-Capileira , en la provincia de Granada; El Ronquillo en Sevilla; Villaharta en Córdoba; Tarifa en Cádiz; y Bonares y Lucena del Puerto en la provincia de Huelva.

Pese a no disponer de una estimación definitiva de los perjuicios ocasionados por estas catástrofes, desde el Gobierno han indicado que se ha valorado que la magnitud de sus efectos , las medidas que ha sido necesario adoptar para paliar la grave perturbación de las condiciones de vida de la población y conseguir el pleno restablecimiento de los servicios públicos esenciales justifican la intervención de la Administración General del Estado por solidaridad interterritorial y para complementar las actuaciones que, en ejercicio de sus competencias, tienen encomendadas las administraciones públicas territoriales.

Todas las ayudas disponibles en estas zonas declaradas como Zaepc están previstas y reguladas en el Real Decreto 307/2005, de 18 de marzo, por el que se determinan las subvenciones en atención a determinadas necesidades derivadas de situaciones de emergencia o de naturaleza catastrófica y se establece el procedimiento para su concesión.

Medidas fiscales

La declaración como Zaepc permitirá que los afectados puedan beneficiarse de una serie de medidas y ayudas destinadas a paliar tanto daños personales -se han registrado 58 heridos leves, de ellos 22 intervinientes en las labores de extinción- como materiales en vivienda y enseres y en establecimientos industriales, mercantiles, agrarios, y de otros servicios.

La declaración también incluye ayudas a personas físicas o jurídicas que hayan realizado prestaciones personales y de bienes, así como a las corporaciones locales en sus labores de recuperación de las áreas devastadas por el fuego.

Una vez que la Administración General del Estado disponga de una memoria con la estimación de los daños producidos, que realizará en colaboración con el resto de administraciones autonómicas y locales competentes, este acuerdo podrá incorporar otras medidas complementarias a las adoptadas por las administraciones territoriales, a las que corresponde la competencia en materia de protección civil. Así, se estudiará la posible adopción de medidas fiscales relativas al IBI, IAE, IVA e IRPF para compensar las pérdidas ocasionadas.

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