¿Ya puedo salir de mi provincia en coche en la fase 3 de la desescalada?

Salvo algunas excepciones, todavía no es posible moverse por toda España

A. N.

Gran parte de España ha entrado ya en la fase 3 de la desescalada, lo que significa que, aunque todavía no es posible moverse en coche por todo el territorio , se han retirado algunas de las prohibiciones. En cualquier caso, existen todavía muchas dudas a la hora de saber si es posible o no cambiar de una provincia a otra en coche.

La primicia más importante de la Fase 3 es que las comunidades autónomas que ya se encuentren en ella podrán admitir el desplazamiento entre provincias de la misma región autónoma a sus ciudadanos. En la práctica, todas las comunidades autónomas que han accedido a la fase 3 permiten moverse entre sus provincias, salvo Extremadura, que esperará una semana más por prudencia. Pero por el momento no es posible desplazarse de una comunidad autónoma a otra.

En Andalucía, País Vasco, Aragón y Galicia sus habitantes ya pueden moverse libremente dentro de su respectiva comunidad. Asimismo, Canarias y Baleares permiten la circulación sin limitaciones entre las islas. En Castilla-La Mancha , únicamente se podrá viajar entre Cuenca y Guadalajara.

Las excepciones

Aunque hay varias excepciones que permiten la movilidad. El capítulo dos del BOE del 9 de mayo se señalan ciertos casos en los que el Gobierno sí autoriza la libertad de circulación en las diferentes fases de la desescalada : «En relación a lo establecido en la presente orden, se podrá circular por la provincia, isla o unidad territorial de referencia a efectos del proceso de desescalada , sin perjuicio de las excepciones que justifiquen el desplazamiento a otra parte del territorio nacional por motivos sanitarios, laborales, profesionales o empresariales , de retorno al lugar de residencia familiar, asistencia y cuidado de mayores, dependientes o personas con discapacidad, causa de fuerza mayor o situación de necesidad o cualquier otra de análoga naturaleza».

Unas líneas más abajo, incluye otro matiz: «En el caso de las unidades territoriales previstas en el apartado quince del anexo, se permite la movilidad interterritorial entre municipios colindantes de tránsito habitual para la realización de actividades socioeconómicas».

Por lo tanto, y según esto, por motivos sanitarios, por motivos laborales, profesionales o empresariales; los viajes de retorno al lugar de residencia familiar; los viajes para asistir o cuidar mayores , dependientes o personas con discapacidad ; y los viajes por causa de fuerza mayor o situación de necesidad o cualquier otra de análoga naturaleza, son las 5 casos en los que sí está permitada la movilidad entre provincias.

La Orden TMA/384/2020 publicada en el BOE el 3 de mayo dice que en los vehículos privados de hasta 9 plazas pueden desplazarse dos personas por cada fila de asientos, incluido el conductor, siempre que todos lleven mascarilla y respeten la máxima distancia posible entre sí. Eso sí, si los ocupantes del vehículo conviven en un mismo domicilio, la mascarilla no es obligatoria. «En los vehículos que sólo dispongan de una fila de asientos (furgonetas, vehículos pesados, etc.), pueden ir dos personas, también con mascarilla y manteniendo la distancia máxima. Si no se cumplen estos requisitos, sólo se permite ir al conductor.» Estas normas, por tanto, estarán vigentes hasta que finalice el Estado de Alarma o hasta que una nueva orden las modifique.

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