¿Te pueden multar si utilizas un soporte para el móvil cuando conduces?

Una de las novedades que incluye la reforma normativa de Tráfico es la penalización con seis puntos del carnet conducir sujetando el móvil con la mano

Cómo te afectarán los cambios de la Ley de Tráfico a partir del 21 de marzo

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C.B.

Este 21 de marzo entró en vigor los cambios introducidos en la Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, que entre otras cosas, ha aumentado el castigo de usar el teléfono móvil mientras se conduce y ha eliminado el aumento extra de velocidad para adelantar en las carreteras convencionales.

Para resolver las dudas de los conductores, Pere Navarro, director de la DGT, ha contestado numerosas preguntas en un encuentro digital a través del portal web de Tráfico.

Entre otras cosas, los usuarios han mostrado sus dudas y reticencias por la retirada de la norma que permitía aumentar la velocidad en 20km/h para adelantar en carretera convencional.

Además, también ha habido varias preguntas sobre el uso del teléfono móvil en el coche.

¿Se puede usar el teléfono móvil en el soporte del coche?

La reforma de la normativa de la Dirección General de Tráfico (DGT) penaliza a partir de ahora con seis puntos del carnet a los conductores que sujeten el móvil con la mano y también con tres puntos si está manipulando el teléfono aunque este esté sujeto en un soporte en el salpicadero del coche.

Al respecto, un conductor ha preguntado sobre si se pueden utilizar soportes homologados para teléfonos móviles en los vehículos y Navarro ha respondido así:

«Sí, sin ningún problema. Lo que no puede hacer es manipular el móvil mientras conduce, es un hecho denunciable y conlleva la pérdida de 3 puntos. Si usted necesita utilizar su móvil, pare en un lugar adecuado, realice las operaciones que necesite con su móvil, y luego reanude la conducción»

En referencia también a los dispostivos móviles, el director de Tráfico respondió que las aplicaciones que avisan de la presencia de radares son legales.

Adelantar en carreteras convencionales

Varios usuarios se mostraron disconforme durante el encuentro sobre la norma que elimina los 20km/h extra del que disponían los conductores para poder adelantar en carretera convencional:

«Creo que es un error el limitar la velocidad de adelantamiento a 90 km/h en carreteras convencionales. Le pongo un ejemplo: si intento adelantar a un vehículo que circula a 80 km/h y no puedo superar el límite de 90, voy a recorrer más metros con el consiguiente riesgo de accidente frontal. Siempre se dijo que la maniobra de adelantamiento debería realizarse en el menor tiempo posible, y esta nueva norma lo contradice. Espero que reformen ese apartado dejándolo como estaba», argumentó uno de los conductores contratiados con la norma.

Pere Navarro contestó que «disponer de ese margen de 20 km/h incita a realizar adelantamientos y que es una maniobra de mucho riesgo que puede dar lugar a colisiones frontales. En 2019 fallecieron 239 personas en colisiones frontales en carreteras convencionales. Había que tomar medidas».

En su mensaje de despedida, Navarro aseguró que «este cambio es un paso adelante en el proceso que entre todos estamos realizando para hacer de nuestro país un referente en movilidad segura».

El máximo responsable de Tráfico explicó que habían pasado diez años desde la última modificación del permiso por puntos y que era un periodo razonable para la actualización. «La Seguridad Vial hay que cuidarla, manetenerla al día y adaptarla a los nuevos tiempos y a las nuevas necesidades», señaló.

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