¿Te pueden multar por activar las luces de emergencia para avisar de una retención?

Las sanciones por usar de forma incorrecta el alumbrado oscilan desde los 80 hasta los 200 euros

La DGT recuerda cómo hay que usar las luces del coche para que no te multen

El uso de las cuatro luces intermitentes de emergencia Adobe

C.B.

Hay mecanismos casi automáticos cuando conduces que, aunque no lo sepas, no son normativamente correctos. Uno de ellos es activar las luces de emergencias para avisar de que llegas a una zona de retenciones.

Se trata de un gesto de ayuda entre conductores, muy habitual en la circulación, mediante el cual avisas a los coches que vienen por detrás de que se ha de reducir bruscamente la velocidad porque hay muchos coches frenando.

Pues bien, el artículo 109, apartado c, del código de Tráfico señala que «la intención de inmovilizar el vehículo o de frenar su marcha de modo considerable, aun cuando tales hechos vengan impuestos por las circunstancias del tráfico, deberá advertirse, siempre que sea posible, mediante el empleo reiterado de las luces de frenado o bien moviendo el brazo alternativamente de arriba abajo con movimientos cortos y rápidos».

El uso de las luces de emergencias para avisar de retenciones

Adobe

Por tanto, no es del todo corr ecto activar las luces de emergencia en momentos de caravana de vehículos y sí, el uso reiterado de las luces de freno y los movimientos de brazo.

¿Pero es posible que te multen por no hacerlo o por usar las luces de emergencias?

Las sanciones por hacer un uso incorrecto de las luces oscilan desde los 80 euros hasta los 200 . Concretamente, la multa ascendería a 80 euros por hacer un uso incorrecto de las luces; es decir, por hacerlo con las luces de emergencia en vez de con las luces de frenado o con la mano.

A pesar de lo que establece ese apartado del artículo 109, la misma norma tiene un apunte que podría hacer que muchas de estas multas fueran revisadas y archivadas.

Según el reglamento, en el párrafo siguiente de este artículo se matiza la posición de la DGT : «Si la inmovilización ocurre en una autopista o autovía, o en lugares o circunstancias que disminuyan sensiblemente la visibilidad, se deberá señalizar la presencia del vehículo mediante la utilización de la luz de emergencia, si se dispone de ella».

Cuándo hay que usar las luces de emergencias

La DGT establece que siempre que exista un peligro en la vía debemos señalizar la posición de nuestro vehículo, independientemente de la luz natural. Las luces que habitualmente se establecen para uso de emergencia son los cuatro intermitentes.

El caso más habitual es la inmovilización en el arcén o en situaciones en las que estemos ocupando una parte de la vía. Este uso de señales lumínicas de emergencias solo está permitido en situaciones extraordinarias, motivadas por averías, accidentes, zonas de obra en la calzada, etc. En ninguna circunstancia está permitido ocupar la vía pública para aparcar en doble fila con las cuatro luces de intermitencias puestas.

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