¿Se puede beber mientras conducimos?
Ahora que llegan los viajes más largos del año y en muchos casos pasaremos calor, ¿es legal beber mientras conducimos?
Madrid Actualizado: GuardarEn la legislación vigente no aparece explícitamente la prohibición de comer o beber mientras se conduce, pero pensando que al volante deberíamos ir siempre con los “seis” sentidos en plenitud, beber podría suponer un motivo de distracción y reducir nuestra capacidad de reacción ante un imprevisto.
Aunque la acción de beber mientras se conduce no se recoge de forma concreta dentro de la legislación vigente, la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial señala en su Artículo 9 correspondiente a Usuarios, conductores y titulares de vehículos, que :
“Los conductores deben utilizar el vehículo con la diligencia, precaución y no distracción necesarias para evitar todo daño, propio o ajeno, cuidando de no poner en peligro, tanto a sí mismos como a los demás ocupantes del vehículo y al resto de usuarios de la vía.”
El Reglamento General de circulación, a través del Artículo 18 que recoge Otras obligaciones del conductor indica que:
“El conductor de un vehículo está obligado a mantener su propia libertad de movimientos, el campo necesario de visión y la atención permanente a la conducción, que garanticen su propia seguridad, la del resto de los ocupantes del vehículo y la de los demás usuarios de la vía…”
No está prohibido, pero no se debería
Por lo tanto, como conductor consecuente y aunque la legislación no lo prohíbe expresamente no deberíamos jugar con estas cosas y si tenemos sed lo más sensato sería parar a descansar y aprovechar para beber o comer si así lo necesitamos.
100 euros de multa
Sin embargo, aunque la acción de comer o beber no figuran de forma concreta sí aparecen recogidas (implícitamente) dentro de las prohibiciones, obligaciones y deberes de un conductor al volante y ambas se consideran distracciones y pueden ser castigadas con multa leve de hasta 100 euros, sin retirada de puntos. La Guardia Civil impone por estos motivos una sanción de 80 euros, que con el descuento de pronto pago se reduce a 40.
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