Qué póliza de seguro necesito para reclamar si me roban el coche
En España se roba un coche cada tres minutos, por lo que conviene tener cobertura en la póliza
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La puerta del garaje es uno de los accesos preferidos de los ladrones, no solo para el robo de vehículos, sino también para acceder a los trasteros y zonas comunes, donde suelen guardarse algunos objetos de valor como bicicletas, muebles, material deportivo, electrodomésticos, cuadros, o incluso ropa. Y es que, en España, cada tres minutos se roba un vehículo, lo que significa un total de 155.000 coches robados al añ o.
La cobertura de robo es la garantía que proporciona una indemnización al asegurado en caso de que su coche sea sustraído. Esta cobertura está incluida en todos los seguros a Todo Riesgo y puede formar parte también de algunos seguros a Terceros Ampliados, o bien contratarse como una garantía adicional . Sin embargo, no todos los robos son iguales. Dependiendo del tipo de robo que se haya producido la indemnización será distinta. También puede suceder que tu compañía no cubra todos los tipos de robo. Por ejemplo, puede que tu aseguradora se haga cargo de la sustracción de tu coche al completo, pero no lo haga si sólo te han robado las llantas. Por este motivo, las compañías distinguen entre 3 tipos de robo: el robo total, el parcial y el intento de robo.
Por lo tanto, y ante esto, dependiendo de la póliza que se tenga suscrita con la entidad aseguradora, es posible realizar una reclamación, aunque las cantidades a percibir por el concepto de «robo» pueden ser muy variadas . En primer lugar, según los expertos de Multayuda , hay que tener en cuenta si te darán el valor de nuevo o el valor venal. El valor de nuevo es la cantidad que pagaste por tu coche cuando lo compraste; o lo que cuesta adquirir un coche nuevo de características idénticas al robado.
Valor venal es el que tendría el vehículo inmediatamente antes de ser robado, en función de su antigüedad y kilometraje. Para calcularlo, se toman como referencia las tablas de GANVAM o Eurotax . Las compañías aseguradoras están obligadas por ley a pagar en un plazo de, como máximo, 40 días después que el coche sea robado . El pago se realiza mediante transferencia bancaria o con un cheque nominativo y, en principio, no hace falta declararlo a Hacienda, porque indemnización nunca será mayor a su valor venal.
¿Y si después de cobrar el coche aparece? Como la indemnización, en principio, se abona a los 40 días de que el coche haya sido robado, si aparece antes no habrá problema: el seguro se hará cargo de los posibles gastos por desperfectos . Si el coste de reparar el vehículo es superior al valor venal, se declarará siniestro y se indemnizará al propietario con la cantidad estipulada por el valor venal.
Si han transcurrido más de 40 días, el titular dispondrá de 15 días para decidir si se queda con la indemnización o con su vehículo. En caso de preferir la indemnización, la aseguradora se quedará el vehículo robado, para subasta o reventa. Si el cliente, por el contrario, solicita su vehículo, la aseguradora deberá reparar los daños que hubiera sufrido el coche como consecuencia del robo. En caso de que hayas decidido pagar a plazos el coche robado, la indemnización irá directametne a la entidad financiera. Si, una vez satisfecha la deuda, quedara dinero de la indemnización, sí la recibirías tú.
En el caso de que la indemnización no sea suficiente para pagar los plazos que quedan del coche robado, el propietario deberá hacerse cargo de lo que quede de préstamo.
¿Qué debe poner en la póliza?
-Hasta que el coche cumpla dos años: Si te roban tu vehículo, la indemnización debe equivaler al valor de un vehículo nuevo idéntico al tuyo.
-A partir del segundo año: Como mínimo, tu aseguradora debe indemnizarte por el valor venal.
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