La multa que te puede caer por avanzar entre carriles cuando vas en moto
Se trata de una infracción grave ya que «pone en riesgo al propio motorista y obliga a otros conductores a esquivarle», según la DGT
Una motocicleta es un vehículo ágil y práctico en el tráfico urbano , pero circular por estas vías exige concentración y anticipación continuas para evitar «confrontaciones» con los vehículos más grandes. Tal y como advierten desde la Dirección General de Tráfico (DGT), realizar ciertas maniobras antirreglamentarias y, sobre todo, peligrosas, como «invadir el sentido contrario para avanzar más rápidamente por una calle colapsada » disminuye la seguridad y la comodidad en los trayectos del propio motorista y de los demás usuarios de la vía.
Esta conducta supone, además, una infracción grave de 500 euros y seis puntos del carné de conducir ya que «pone en riesgo al propio motorista y obliga a otros conductores a esquivarle».
Invadir el sentido contrario al circular en #moto, para avanzar más rápidamente por una calle colapsada es infracción grave (500 € y seis puntos). Pone en riesgo al propio #motorista y obliga a otros conductores a esquivarle 🏍️ . Trata de no hacerlo. https://t.co/IK3ChBNh4B pic.twitter.com/sOHZOuWHRv
— Dir. Gral. Tráfico (@DGTes) February 16, 2020
Otras conductas peligrosas para los motoristas y demás usuarios pasan por:
-No respetar la distancia de seguridad lateral al adelantar.
-Cuando circulan a velocidades excesivas, e incluso demasiado bajas.
-Tienen prohibido circular por el arcén. Solo podrán ocuparlo por una emergencia, y siempre que circulen a una velocidad anormalmente reducida y molesten a los demás conductores. Hacerlo para avanzar en retenciones, por ejemplo, es sancionable.
-Adelantar por la derecha está prohibido ya que un vehículo de dos ruedas es menos visible y más inestable.
-Cambiar de sentido donde no está permitido, además de en pasos a nivel, túneles, autopistas y autovías, curvas y cambios de rasante con poca visibilidad.
-Circular con el alumbrado de cruce apagado.
-Invadir el sentido contrario, que aunque sea para recorrer unos pocos metros, se trata de una infracción grave (500 euros y seis puntos).