Como siempre, en Semana Santa los niños, bien sentados

Ante los desplazamientos de estos días resulta de particular importancia usar las sillas infantiles. Tras la reforma de la Ley de Tráfico, hay novedades sobre el uso de estos dispositivos

Como siempre, en Semana Santa los niños, bien sentados

e. cano

Hertz , la compañía de alquiler de vehículos, recuerda de cara a la circulación en Semana Santa la importancia de los sistemas de retención infantil y su correcta utilización . Las sillas infantiles (sistema de retención infantil o SRI) son un complemento imprescindible para la seguridad de los más pequeños a bordo: su uso previene hasta el 80% de las lesiones graves en caso de accidente.

La reforma de Ley de Tráfico y Seguridad Vial, que entró en vigor el año pasado, incluye importantes novedades sobre el uso de estos elementos. La más relevante es que todos los niños de hasta 1,35 metros deben usarlos, sustituyendo los criterios de peso y edad por el de talla.

Para ellos, los requisitos para viajar en el asiento delantero, actualmente y a la espera de la aprobación del nuevo reglamento, establecen que pueden viajar en esa plaza aquellos que tengan 12 años cumplidos.

El actual Reglamento General de Circulación también fija que tienen permitido ocupar la plaza de copiloto, de manera excepcional, los menores de 12 años que utilicen un sistema de retención infantil acorde a su talla y peso, siempre y cuando presenten una estatura mínima de 1,35 metros y utilicen cinturón de seguridad.

Además, los menores de 3 años no podrán viajar en vehículos que no cuenten con dispositivos de seguridad.

Sobre sistemas de retención adaptados a la talla y peso, también estarán obligadas a utilizarlos todas las personas que tengan una estatura inferior a 1,35 metros. En el caso de aquellas que midan entre 135 y 150 centímetros podrán optar por un dispositivo de retención homologado adaptado a su talla y peso o por el cinturón de seguridad para adultos.

Eso sí, los niños no podrán utilizar dispositivos de retención infantil orientados hacia atrás si el asiento en el que viajan está protegido por un airbag frontal activado.

Para viajar en el asiento delantero del coche, el artículo 65 de la Ley de Tráfico incorpora en su apartado 4 «la prohibición de circular con pasajeros menores en asientos delanteros o traseros cuando no esté permitido». Esto se traduce en que una vez

En el caso de menores, edad y peso perderán relevancia frente a la estatura.

que se apruebe el nuevo Reglamento de Circulación entrarán en vigor preceptos como que, como norma, los menores de estatura inferior a 1,35 metros no podrán viajar en los asientos delanteros de los vehículos aunque utilicen sistemas de retención infantil. Solo podrán ocupar la plaza de copiloto si todos los asientos traseros están ocupados por niños que no alcancen esa altura mínima o cuando el vehículo no disponga de una segunda fila de asientos, como en coches biplaza.

A su vez, los menores de menos de 1,35 metros deberán usar sistema de retención infantil. Estos elementos de seguridad dependerán de la talla del niño y no de su edad o peso.

De este modo, edad y el peso de los menores pierden relevancia frente a la talla, hasta ahora tenida en cuenta. Si los menores no viajan conforme a lo que establece la ley la multa puede ascender hasta los 200 euros y los agentes podrán incluso inmovilizar el vehículo.

Como siempre, en Semana Santa los niños, bien sentados

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