Límite a 90 km/h en carretera, rebaja del 20% en fallecidos

PONS Seguridad Vial señala que el actual límite de 100 km/h surgió como una excepcionalidad en el Reglamento de 1992 y recomienda eliminarla para mantener a España como referencia en Seguridad Vial

Límite a 90 km/h en carretera, rebaja del 20% en fallecidos

e. cano

Tras analizar las cifras de siniestralidad vial de 2014, PONS Seguridad Vial ha puesto de manifiesto la necesidad de acometer una estrategia integral de la carretera convencional para lograr una reducción de hasta un 20% en el número de víctimas mortales en los próximos años y, con ello, superar la cifra psicológica de los 1.000 fallecidos por primera vez en la historia de nuestro país.

Y es que mientras las vías de gran capacidad continúan reduciendo el número de fallecidos, las convencionales aumentan el protagonismo en la siniestralidad: en 2013 de los 1.134 fallecidos registrados 272 se produjeron en autopistas y autovías y 862 en vías convencionales. En 2014, 237 tuvieron lugar en las primeras (-13 %) y 894 en las segundas (+4%).

En la citada estrategia se debería contar con la participación de todos los agentes implicados, como titulares de la vía, asociaciones de usuarios, fabricantes de vehículos y administraciones competentes en la vigilancia y disciplina del tráfico, entre otros.

Como punto de partida, el informe contempla la inclusión en el próximo reglamento de Circulación del límite general de 100 a 90 km/h en el conjunto de vías secundarias. La medida, según el informe, conllevaría además de una reducción estimada en hasta un 20% el número fallecidos ventajas como:

1. Incremento del control del vehículo en caso de posible conflicto.

2. Consecuencias menos lesivas en caso de accidente.

3. Incremento de la percepción de riesgo. La reducción del límite de velocidad de tres dígitos (100 km/h) a dos (90 km/h) ayuda a centrar el foco de atención a toda la población conductora sobre el nivel de riesgo vial y facilita la transición entre vía convencional y autopista.

4. Mínima afectación. El factor velocidad en el tráfico interurbano resulta importante para desarrollar un desplazamiento de largo recorrido, no tanto en trayectos cortos en vías de doble sentido de circulación.

5. Justificación normativa obsoleta. El origen normativo del actual límite de velocidad de 100 km/h en carreteras convencionales se produce en el Reglamento General de Circulación de 1992, cuando España no contaba con la actual Red de autopistas y autovías; las razones de su puesta en marcha no se justifican hoy con la calidad de nuestra red viaria, según PONS Seguridad Vial .

6. Fomento indirecto en el uso de autopistas de gran capacidad .

Por último, reclama la vuelta a la normalidad europea de un límite que es una excepción, que supone una anomalía normativa española desde hace 25 años.

De los países de nuestro entorno, solo Alemania y Austria tienen establecido un límite de 100 km/h en carreteras convencionales, pues en general en Europa los límites están establecidos entre 80 y 90 km/h: de los cuatro países con mejor índice de siniestralidad vial que España, Suecia fija 70 km/h, Reino Unido 96 km/h, y Dinamarca y Holanda 80 km/h.

Del resto de países relevantes de nuestro entorno Italia, Francia, Grecia, Eslovaquia, Bulgaria, Croacia, República Checa, Hungría, Luxemburgo, Rumanía, Polonia y Bélgica han impuesto un límite de 90 km/h, reduciéndose a 80 km/h en Chipre, Finlandia, Macedonia, Malta, Noruega, Bosnia e Irlanda.

Límite a 90 km/h en carretera, rebaja del 20% en fallecidos

Comentarios
0
Comparte esta noticia por correo electrónico

*Campos obligatorios

Algunos campos contienen errores

Tu mensaje se ha enviado con éxito

Reporta un error en esta noticia

*Campos obligatorios

Algunos campos contienen errores

Tu mensaje se ha enviado con éxito

Muchas gracias por tu participación