Tribunales
Un jurado popular declara culpable de asesinato al guardia civil que simuló el suicidio de su mujer
En el veredicto le aplican el agravante de parentesco. El tribunal llevaba deliberando desde la tarde del miércoles
Ya hay veredicto: Culpable de asesinato con el agravante de parentesco . Así lo ha acordado hoy el jurado popular encargado de enjuiciar al cabo de la Guardia Civil, Raúl Peña , acusado de asesinar a su mujer, Sonia Esteban , mientras dormía en su domicilio familiar de Aranjuez tras haber jugado con su pequeña, de 2 años y 9 meses . Ocurrió el 10 de marzo de 2013. El procesado está en prisión desde el 7 de junio de ese año.
Los nueve integrantes del jurado llevaban deliberando desde la tarde del miércoles pasado. La decisión la han adoptado a última hora de la mañana.
Tal y como relató el Ministerio Fiscal en su escrito de calificaciones, el acusado, de 31 años cuando ocurrieron los hechos, comenzó a tener discrepancias matrimoniales en 2012 con su mujer, auxiliar interina de enfermería, con la que se había casado el 25 de abril de 2009.
La mujer llegó a comentar a sus amigas más íntimas la delicada situación que atravesaba el matrimonio y su decisión de poner fin a la relación.
El día 10 de marzo de 2013 la mujer llegó a su domicilio sobre las 09.00 horas tras haber terminado el turno de guardia, momento en el que la pareja inició una fuerte discusión por el asunto de la separación. Minutos después, y tras haber jugado con su hija, la mujer se dirigió a su dormitorio a descansar después de haber pasado toda la noche trabajando.
La disparó en la sien
El acusado, una vez que ella se quedó dormida, y aprovechando esa circunstancia, hacia las diez de la mañana se dirigió a la habitación y con su arma reglamentaria le disparó en la sien derecha , resultando este disparo mortal de necesidad, si bien la mujer no moriría inmediatamente, sino a las 12.45 horas.
El acusado, no obstante, avisó al teléfono de emergencias 112, sobre las 10.33 horas, y comunicó, fingiendo, que la mujer se había suicidado.
La Fiscalía pide 20 años de prisión y la privación de la patria potestad de su hija, mientras, las acusaciones particulares solciitan una pena de 25 años, ya que, añaden el delito de omisión del deber de socorro. La victima no murió en el acto. Estiman que «no hubo ningún tipo de reanimación por parte del imputado, si bien si movió el cuerpo para que lo pareciera». «Dejó transcurrir tiempo suficiente para asegurar su muerte, se lavó las manos, recogió restos biológicos y llamó al 112».