El 84% de las webs municipales no cumplen con las exigencias de transparencia
La evaluación, elaborada por la Universidad Autónoma de Barcelona con otros ocho centros, se basa en 41 indicadores referidos a representantes, gestión, información e instrumentos
Una evaluación de la Universidad Autonóma de Barcelona (UAB) sobre los portales web de los municipios de la Comunidad de Madrid concluye que sólo 29 de los 179 analizados -casi un 84%- se ajustan a los criterios de transparencia e información pública necesarios, según los criterios de este informe. La UAB, en colaboración con otros ocho centros -Girona, Politécnica de Cataluña, Vic, Málaga, La Laguna, Rey Juan Carlos, San Jorge y Santiago de Compostela-, se basa en 41 indicadores definidos dentro del denominado Mapa Infoparticipa, publicado desde 2013.
El análisis, financiado por el MINECO dentro del proyecto de I+D+I, trata los resultados obtenidos en los dos últimos meses de 2014 y en el primer trimestre de 2015. Éste obedece a cuatro bloques diferenciados, referentes a: Quiénes son los representantes políticos; Cómo gestionan los recursos colectivos, Cómo informan de sus actuaciones y qué instrumentos ofrecen para su evaluación.
90% de Madrid; 100% de Alcobendas
Así, solo el 16% ha llegado al aprobado de los indicadores de Infoparticipa . Entre ellos, según porcentajes de evaluación en ese sentido, destacan Móstoles (78%), Madrid (90%) y Alcobendas (100%). El grueso de los municipios analizados, 105 en total, no alcanza el 25%; mientras que tres ni siquiera disponen de portal web. Respecto a las franjas de población, es denominador común, siempre según el informe, que ningún municipio de menos de 10.000 habitantes llega a la mitad de la valoración. Asimismo, entre la misma cigra hasta 50.000, sólo diez sobrepasan el umbral requerido.
En cualquier caso, los autores del análisis destacan que no se han tenido en cuenta las exigencias de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno porque, de acuerdo con la disposición final novena, «los órganos de las Comunidades Autónomas y Entidades Locales dispondrán de un plazo máximo de dos años para adaptarse a las obligaciones contenidas en esta Ley».