El TSXG archiva la pieza contra Paula Prado
La Sala de lo Civil y lo Penal hace suyo el informe del instructor: no hay indicio alguno contra la diputada del Partido Popular
Era apenas un formalismo después del demoledor informe del magistrado instructor . La Sala de lo Civil y lo Penal del TSXG decretó en un auto conocido este viernes el sobreseimiento de la pieza separada abierta contra Paula Prado a instancias de la juez Pilar de Lara, luego de los supuestos indicios que fue recopilando en el marco de la «operación Pokemon».
A juicio de los magistrados Miguel Ángel Cadenas , Pablo Sande y José Antonio Ballestero, «se han practicado todas las diligencias pertinentes y útiles» para esclarecer si Prado incurrió en un presunto tráfico de influencias en diversas gestiones en su etapa como concejala en Santiago —así interpretadas por Aduanas y De Lara por el contenido de diversos pinchazos telefónicos—, y al no hallar rastro alguno de comportamientos ilícitos decretan el archivo provisional de la pieza.
En un auto de apenas dos folios, los magistrados hacen suyo el informe del instructor, conocido el pasado 26 de marzo, y que a su vez reproducía los fundamentos jurídicos del fiscal Fernando Suanzes . La instrucción determinaba que no se encontraban indicios «de perpetración de delito alguno» en los tres supuestos señalados por De Lara: el inflado de una factura, la mediación para favorecer a un bar sancionado por el Concello y el «enchufe» de afines al PP en empresas concesionarias municipales.
En el primer caso, el fiscal determinó que Prado no tuvo relación alguna con el expediente al que pertenecía la factura, y que de haber existido se referiría a la comisión que el empresario beneficiario habría pagado a un agente artístico. En el segundo, desacreditaba el trato de favor a la sala de conciertos y la circunscribía a un mero interés por conocer su situación y promover soluciones dentro de la legalidad.
Respecto a los «enchufes», el delito que De Lara ha atribuido de manera más genérica y mediática a los cargos públicos investigados dentro de la «Pokemon», el fiscal también le propinaba un revés jurídico tumbando la acusación por tráfico de influencias. A su juicio, el envío de currículums «no supone en sí mismo un trato de favor», porque además tampoco concurría beneficio alguno para Prado.
Ante las ocho páginas de informe del fiscal, el instructor Pablo Saavedra entendía que «no resulta debidamente justificada la perpetración de delito alguno y en concreto de los que dieron lugar a la formación de la causa» contra Paula Prado.
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